Estos días saltaba la noticia de que la Oficina de marcas y patentes de los Estados Unidos le denegaba a Apple el registro del nombre del iPad mini, debido a que dicha oficina considera que esta marca constituye un nombre meramente descriptivo y, no se refiere a un significado único que identifique al producto.

Aunque Apple tenga registrada la marca iPad, el adjetivo mini, para la oficina de patentes, no constituye un término lo suficientemente descriptivo para diferenciar el producto, condición necesaria para que sea registrable: crear un sentido único, incongruente o no descriptivo en relación con los productos que son pequeños dispositivos móviles que comprenden tabletas capaces de proporcionar acceso a internet.

Llegados a este punto, ¿Qué supone que se deniegue el registro del nombre del iPad mini? en principio, la compañía de la manzana tiene seis meses para hacerle ver a la oficina de marcas y patentes que dicho nombre constituye una diferenciación específica del nombre anteriormente registrado, iPad, y que pertenece a un dispositivo totalmente diferente.

Esta denegación de registro de marca supone sentar un precedente muy importante para el futuro de la compañía, pues al considerar el nombre comercial de una producto que compongan indicaciones o descripciones que se hayan convertido en habituales para designar los productos que se pretendan registrar, que es el caso que nos ocupa, y que por tanto, solo pueda registrar el nombre general del mismo, o en el caso de Apple, el que define una categoría de productos.

Todas las tablets no son iPad de la misma forma que todos los smartphones no son iPhones o todos los reproductores musicales no son iPod. Por tanto, el hecho que un producto exitoso tenga un amplio nivel de penetración en el mercado y cuyo nombre acabe convertido en uso común y asociado a productos similares de otras compañías, puede implicar un aprovechamiento indebido del carácter distintivo que se pretende preservar con el registro del nombre, llevando a confusión en el consumidor.

De esta forma, si se produce una denegación constante para Apple del registro comercial de la marcas que incluyan un titulo descriptivo de uso común, como mini, la compañía debe cambiar sus reglas en términos de registro de marcas, puesto que si nos paramos a mirar, quitando la raíz del nombre de sus productos, el resto se trata de términos descriptivos, como Pro, Air y que por tanto, el término mini no se aleja mucho de los anteriores.

No creo que suponga un problema futuro para Apple, pero aun así, si que es una cuestión legal de que debe solventarse, y hacer un análisis para ver en que casos un término descriptivo como nombre de una marca debe registrarse para que el consumidor no lo asocie con el producto que no es, sea o no, de la misma compañía o de competidores potenciales.

Es el precio a pagar cuando un producto tiene tal éxito y cala tan profundamente en el mercado. Y para Apple, ya son unos cuantos los que cumplen esta máxima.

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