A partir del 1 de enero, la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Madrid sufrirá cambios en su normativa que harán que algunos de los coches que hasta ahora podrían circular por el municipio, no puedan hacerlo. Esto afecta, sobre todo, a los vehículos sin etiqueta medioambiental.

Hasta ahora, aquellos vehículos que no contaban con una etiqueta medioambiental tenían prohibido “el acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y de la propia M-30”. Esto permitía a los conductores de vehículos sin etiqueta de bajas emisiones circular por zonas como Carabanchel, Puente de Vallecas, Hortaleza, Barajas y el resto de distritos que quedan fuera de la M-30.

El 1 de enero de 2024, sin embargo, los turismos “con clasificación ambiental A de las categorías por criterio de utilización 00 (sin especificar), 02 (familiar) y 33 (todoterreno)”, tal y como afirma el Ayuntamiento de Madrid, no podrán circular “por todas las vías públicas urbanas del municipio de Madrid”. Es decir, no podrán hacerlo por ninguno de los 21 distritos de la capital.

Las excepciones

Esta prohibición, eso sí, no afectará a los coches que estén domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos y figuren como dados de alta en el Padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid. Algunos vehículos, además, también quedarán exentos de esta medida. Son los siguientes.

  • Coches destinados al traslado de personas titulares de una tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida que se hayan dado de alta en el Sistema de gestión de accesos a la ZBE de Madrid y muestren la respectica tarjeta de estacionamiento.
  • Vehículos A que no sean turismos, tales como camiones, furgonetas, motocicletas o ciclomotores.
  • Vehículos categorizados como históricos.

Esta medida forma, eso sí, forma parte de un calendario de implantación que el Ayuntamiento de Madrid tiene en marcha con el objetivo de reducir el número de vehículos que circulan por la ciudad para mitigar el impacto medioambiental. En 2025, de hecho, algunas de las excepciones se eliminarán. No podrán circular por Madrid Los turismos A domiciliados en la ciudad y que figuren de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento de Madrid. Tampoco aquellos vehículos A como furgonetas, camiones o ciclomotores.

Cuál será la multa por circular en Madrid con coches A

interior de un coche con un conductor

Por el momento, el Ayuntamiento de Madrid está colocando carteles que advierten de la nueva prohibición. Además, ya tiene activado su sistema de cámaras para detectar los vehículos que no deben circular por Madrid. En cualquier caso, y al menos hasta el próximo 14 de enero, los conductores que incumplan la normativa simplemente recibirán un aviso, pero no se les sancionará.

A partir del 14 de enero, sin embargo, se comenzará a multar a aquellos coches que circulen por la ciudad con una sanción de hasta 200 euros.