La Dirección General de Tráfico (DGT) comenzará a aplicar, a partir del 1 de enero de 2023, las diferentes medidas que establece en cuanto a circulación la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, que fue aprobada el pasado 20 de mayo y que entrará en vigor a principios del próximo año. Esta, precisamente, prohibirá el tránsito de más de 4 millones de vehículos matriculados en España en diferentes municipios.
La nueva Ley de Cambio Climático y Transición Energética detalla en materia de circulación que aquellos municipios de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares, deberán adoptar “planes de movilidad urbana sostenible coherentes con los planes de calidad del aire que introduzcan medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad”. Esto, por tanto, obliga a la DGT a prohibir que aquellos vehículos más antiguos accedan a un total de 149 municipios, donde se establecerán zonas en las que se limitará el tráfico únicamente a aquellos coches menos contaminantes.
La DGT, en concreto, prohibirá la circulación de los diferentes vehículos con un mayor número de emisiones a través de las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) de las diferentes ciudades. Son áreas que normalmente se encuentran en el centro de la ciudad o en aquellas zonas con un mayor volumen de tráfico. Ahora bien, ¿qué coches son los que no pueden acceder a estas zonas?
Modelos de coches que la DGT prohibirá circular en 2023
Como hemos comentado, se prohibirá la circulación en las Zonas de Bajas Emisiones de 149 municipios (aquellos con más de 50.000 habitantes) a los vehículos más contaminantes. Estos son aquellos que no son aptos para recibir el distintivo medioambiental que la DGT comenzó a instaurar a finales de 2020. Aquellos coches que cuenten con una etiqueta B (amarilla) o C (verde), tampoco podrán circular por esas áreas.
La DGT destaca que los coches que reciben la etiqueta B, son aquellos turismos y furgonetas ligeras de gasolina que se han matriculado desde el 1 de enero de 2001. O bien, aquellos coches diésel o vehículos de más de 8 plazas. Tanto de diésel como de gasolina, matriculadas a partir de 2006.
Los vehículos con etiqueta C, en cambio, son los turismos y furgonetas ligeras de gasolina que se han matriculado a partir de enero de 2006. También los diésel que se matricularon a partir de septiembre de 2015. Los vehículos de más de 8 plazas o considerados como “pesados” que son tanto de gasolina como diésel, y que están matriculados desde 2014, también reciben este distintivo.
La circulación, por tanto, quedará limitada a los vehículos con etiqueta Eco. O bien, a la de 0 emisiones (azul). La primera, la DGT la establece a los vehículos híbridos o de gas (o ambos). La de color azul, en cambio, es para los coches eléctricos. No obstante, serán los municipios quienes establezcan qué vehículos podrán circular. Y podrán permitir, por ejemplo, que aquellos con etiqueta C puedan acceder únicamente entre semana.