Hay muchas formas de ser despistado. Buscar el móvil mientras hablas con él, olvidar el coche con las llaves puestas, dejarse el gas abierto… La primera probablemente te haga reírte de ti mismo, la segunda puede dejarte sin coche y la tercera quizás te cueste la vida. A veces llevamos un ritmo de vida en el que los despistes pueden salir demasiado caros, y no solo para el bolsillo. Por ejemplo, puedes dejarte olvidado un niño en el asiento de atrás del coche.

Es precisamente lo que le pasó a Mary Parks en 2007. Había pasado una noche estresante atendiendo a su hijo mayor enfermo y estaba muy cansada cuando condujo rumbo a la guardería para llevar al pequeño, de 23 meses. No estaba acostumbrada a llevarlo solo a él, pues también solía ir en el asiento de atrás su hermano, que lógicamente se había quedado en casa.

Por eso, y porque el bebé fue todo el camino dormido, en silencio, olvidó parar en el centro educativo para dejarlo. Siguió directamente hacia su trabajo, donde la jornada transcurrió con normalidad. No fue consciente de lo que había hecho hasta volver a la guardería a recogerlo. Cuando los profesores le dijeron que ese día no había ido a clase, corrió al coche, pero ya era demasiado tarde. Encontró el cadáver del niño en el asiento de atrás. Había estado allí toda la mañana, con unas temperaturas altísimas.

Esto ocurrió en Virginia, Estados Unidos. En este país, entre 1998 y 2012, murieron 524 niños con edades entre los 0 y los 14 años por este motivo. Pero en realidad es algo que desgraciadamente ocurre en todo el mundo. En España, por ejemplo, se registraron tres casos de abandono de un menor en el coche entre 2006 y 2019, dos de ellos mortales. No son cifras muy elevadas, pero lo ideal sería que no hubiese ninguno. Porque además no es necesario dejar a un niño en el asiento de atrás toda la mañana, como Mary Parks, para que las consecuencias sean fatales.

El sistema de regulación térmica de los bebés y los niños pequeños no está aún optimizado, por lo que son muy sensibles. Teniendo en cuenta las altas temperaturas que se pueden alcanzar en un coche, basta con quince minutos para que pueda ocasionarse la muerte de un bebé. Por eso, los padres deben tomar precauciones y la ley, como es lógico, debe juzgar a quienes cometen este error. Por mucho que haya sido accidentalmente.

El peligro de dejar un niño en el asiento de atrás

Todos sabemos lo mucho que se puede calentar el interior de un coche aparcado al sol. En un día con una temperatura ambiental de unos 22ºC, la temperatura puede alcanzar los 47ºC en solo una hora, con un 80% de dicho calentamiento ocurrido en los primeros 30 minutos. Es en una situación así en la que si dejamos un niño en el asiento de atrás este puede morir en solo quince minutos.

Esto se debe a un fenómeno conocido como hipertermia. Antes de ver en qué consiste, debemos recordar que los seres humanos somos animales homeotermos. Es decir, nuestra temperatura debe mantenerse siempre constante, en torno a los 36,5ºC. Para ello, contamos con varios mecanismos, entre los cuales predominan dos. El primero es la sudoración. Cuando las temperaturas son muy altas, liberamos sudor a la superficie de nuestra piel. Este debe evaporarse, para lo cual el agua, que es su principal componente, necesita calentarse, de manera que extrae calor de la piel, favoreciendo que nuestro cuerpo se enfríe.

El segundo mecanismo es lo que se conoce como vasodilatación periférica. La sangre es uno de nuestros principales transportadores de calor. Por eso, cuando las temperaturas suben mucho, los vasos sanguíneos más cercanos a la piel se dilatan, para permitir un mayor flujo de sangre y que el calor, ayudado también por la sudoración, se libere con más facilidad.

Todo esto nos mantiene con vida, pero si ocurre en exceso también puede ser peligroso. Por ejemplo, con el sudor, además de agua, perdemos muchos electrolitos. Y, por otro lado, esa redistribución de la sangre puede afectar a otros órganos. Todo eso sin contar que la combinación de ambas cosas, si se mantiene mucho tiempo, puede terminar afectando al corazón. Esto puede provocar desmayos, a causa de algo conocido como síncope por calor.

Además, en el caso de los niños, cuyo sistema de regulación térmico está aún inmaduro, puede que la temperatura suba demasiado, causando un calentamiento, llamado hipertermia, que, si no se trata rápidamente, puede llegar a causar la muerte. Esta suele ser la causa del fallecimiento por abandono de un niño en el asiento de atrás.

calor húmedo
El sudor es un método de refrigeración natural de nuestro cuerpo. Crédito: Hans Reniers (Unsplash)

Las consecuencias legales

El abandono negligente de niños en el asiento de atrás de los coches es tan habitual en Estados Unidos que el mismo día que se juzgó a Mary Parks hubo otros dos casos como el suyo en los juzgados de Virginia. Otra madre y un padre cuyos hijos también habían muerto por un despiste suyo. Fueron acusados de homicidio imprudente. ¿Pero qué pasaría en España? ¿Es un delito dejar a un niño en el asiento de atrás por un despiste? ¿Qué pasa si hay constancia del abandono pero, afortunadamente, el niño no muere?

Para contestar a estas preguntas nos hemos puesto en contacto con Jesús Gázquez Sánchez, letrado de la Administración de Justicia. Efectivamente, este nos cuenta que hay diferentes supuestos, que se procesarán de manera distinta.

En primer lugar está el caso de dejar al niño en el asiento de atrás y que este fallezca. Ahí, se deben diferenciar dos supuestos básicos. El primero consiste en que “el niño es abandonado de forma negligente por el padre/madre”. Es decir, “él/ella no ha previsto ni ha aceptado que con su acción puede producir la muerte del menor”.

En cuanto al segundo supuesto, se da cuando “el niño es abandonado de manera dolosa por el padre/madre”. Esto significa que “él/ella sí ha entendido o aceptado el resultado objetivo de la posibilidad de muerte del menor, y aún así asume ese resultado y lo realiza con conocimiento del mismo”.

Para el caso de abandono negligente, “nos encontramos con un supuesto de homicidio imprudente y de comisión por omisión”. Esto último consiste en lo siguiente, según el artículo 11 del Código Penal:

" Los delitos que consistan en la producción de un resultado solo se entenderán cometidos por omisión cuando la no evitación del mismo, al infringir un especial deber jurídico del autor, equivalga, según el sentido del texto de la ley, a su causación. A tal efecto se equiparará la omisión a la acción:

a) Cuando exista una específica obligación legal o contractual de actuar.

b) Cuando el omitente haya creado una ocasión de riesgo para el bien jurídicamente protegido mediante una acción u omisión precedente."

Artículo 11 del Código Penal

Es decir, según relata Gázquez Sánchez, esto significa que la pasividad del individuo se equipara a realizar el acto.

Este tipo de casos no están contemplados solamente en el Código Penal. También hay parte contemplada en el Código Civil. “Lo encontramos en el Código Civil cuando el artículo 154 establece el ejercicio de la patria potestad sobre los hijos menores”.

"Los hijos e hijas no emancipados están bajo la patria potestad de los progenitores. La patria potestad, como responsabilidad parental, se ejercerá siempre en interés de los hijos e hijas, de acuerdo con su personalidad, y con respeto a sus derechos, su integridad física y mental."

Artículo 154 del Código Civil

En definitiva, y volviendo al primer supuesto, aunque los padres no esperan lo sucedido, el fallecimiento se produce. Por eso, nos encontramos ante un homicidio imprudente, como en los casos de Virginia.

Está recogido en el art.142.1 del Código penal:

“1. El que por imprudencia grave causare la muerte de otro, será castigado, como reo de homicidio imprudente, con la pena de prisión de uno a cuatro años".

Art.142.1 del Código penal

Esto se tramitaría por lo que se conoce como Procedimiento Abreviado. “Habrá una fase de instrucción, donde se recogerán aquellos elementos delictivos, y una vez constatado, tras una fase intermedia en la que queda fijado el órgano competente, la celebración de un juicio por parte de los Juzgados de lo Penal”, explica Gázquez Sánchez. “Habrá que estar al supuesto concreto para determinar la extensión de la pena, ya que no conlleva la imposición de la más alta dentro de la horquilla de 1 a 4 años”.

Así, si no existe una reincidencia de la misma naturaleza por el progenitor, podría suspenderse el ingreso en prisión. Ahora bien, hay algo importante que se debe tener en cuenta y es que, entre otras penas, “puede imponerse la inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, en el supuesto de que tuviera otros hijos”.

donante de semen
La justicia debe valorar cada supuesto de un modo diferente. Crédito: Unsplash

Un caso aún más grave

Hemos visto que el segundo caso en el que se produce la muerte del menor consiste en que, al dejar al niño en el asiento de atrás, los padres conocen las consecuencias. “Este supuesto es mucho más macabro y mucho mayores las consecuencias”.

Tanto, que si el hijo es menor de 16 años podría conllevar Prisión Permanente Revisable, según lo dispuesto en el art.140.1 del Código Penal:

"1. El asesinato será castigado con pena de prisión permanente revisable cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

1.a Que la víctima sea menor de dieciséis años de edad, o se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad."

Art.140.1 del Código Penal

En definitiva, según relata el letrado, “es asesinato, porque nos encontramos con un agravante respecto al homicidio: la alevosía”.

El art.139 del Código Penal establece qué supuestos se califican como asesinato, y no como homicidio, y entre ellos, está la alevosía. Esta última hace referencia a “aquellos supuestos en los cuales la víctima está en una situación de indefensión, lo que facilita por parte del responsable la ejecución del acto, al no poder la víctima repelerla, o defenderse”.

En todos los supuestos de ataque a menores nos encontramos con alevosía. “Hemos de tener en cuenta que los menores y discapacitados son bienes jurídicos de especial protección, en todas las esferas jurídicas”.

Lógicamente, para todo esto habrá que demostrar en juicio que la conducta por parte del progenitor es dolosa, y no simplemente imprudente. “Asombra ver la diferencia tan grande, donde en el primer supuesto puede conllevar la posibilidad de no ingresar en prisión, y el segundo, la posibilidad de no salir nunca de ella”, opina Gázquez Sánchez.

Finalmente, cabe destacar que este supuesto no se tratará como un Procedimiento Abreviado. “Se trata de un supuesto especial, y para ello, se recurre a un procedimiento no exento de polémica: un Jurado Popular”.

Este es  uno de los supuestos previstos en la Ley del Tribunal del Jurado, concretamente en el art.1 de la misma.

¿Qué pasa si se deja el niño en el asiento de atrás y no muere?

En este caso, el despiste no llega a ser fatal, pero igualmente supone un peligro que también debe ser juzgado. De nuevo hay que tener en cuenta dos supuestos, según “si se ha puesto en peligro la integridad física del menor”.

En este caso debemos recurrir al artículo 229 del Código Penal:

“1. El abandono de un menor de edad o de una persona con discapacidad necesitada de especial protección por parte de la persona encargada de su guarda, será castigado con la pena de prisión de uno a dos años.

2. Si el abandono fuere realizado por los padres, tutores o guardadores legales, se impondrá la pena de prisión de dieciocho meses a tres años.

3. Se impondrá la pena de prisión de dos a cuatro años cuando por las circunstancias del abandono se haya puesto en concreto peligro la vida, salud, integridad física o libertad sexual del menor de edad o de la persona con discapacidad necesitada de especial protección, sin perjuicio de castigar el hecho como corresponda si constituyera otro delito más grave."

Art. 229 del Código Penal

De nuevo, se trataría mediante un Procedimiento Abreviado, con una pena máxima de dos años. Además, como en el primer caso, si no hay reincidencia podría suspenderse la entrada en prisión.

niño en el asiento de atrás
El móvil puede ser una distracción que haga olvidar a un niño en el asiento de atrás. Crédito: Alexandre Boucher (Unsplash).

¿Qué hacemos para evitar todo esto?

Para la mayoría de padres y madres la condena legal sería lo de menos si su hijo fallece por un despiste suyo. Por eso, para evitar consecuencias legales, pero sobre todo para evitar la muerte o el sufrimiento de sus pequeños, deben seguir algunos consejos.

En la mayoría de los países no se puede llevar la sillita del bebé en el asiento delantero, por riesgo de que se active el airbag y les ocasione algún daño. La mejor solución, por lo tanto, es ponerlos atrás, pero en un lugar en el que se les vea desde el espejo retrovisor.

Además, se deben dejar las llamadas telefónicas o cualquier otra actividad que suponga una distracción. Por otro lado, normalmente cuando vamos al trabajo llevamos un bolso, un maletín o, simplemente, la cartera. Todo esto debe dejarse en el suelo de la parte trasera. Así, cuando vayamos a cogerlo, veremos al niño en el asiento de atrás.

También es aconsejable dejar un peluche en el asiento del copiloto que nos recuerde que el niño está detrás. Y, para terminar, pedir a los profesores de la guardería o cualquier lugar al que se lleve regularmente a los pequeños que avisen temprano por la mañana si un día no llegan.

Todo esto puede ayudar a los padres despistados a evitar males mayores. Porque a veces no podemos evitar el estrés que nos hace perder la cabeza. Pero, al menos, que los despistes sean de los que nos hacen reír y no de los que son peores que perder la propia vida.