Nueva victoria para el colectivo de los riders, esta vez contra Deliveroo. El juzgado de lo Social número 24 de Barcelona acaba de fallar en contra de la tecnológica al considerar que 748 riders operaban en condición de falsos autónomos.

Esta sentencia cobra especial importancia en este momento. No solo por el volumen de repartidores implicados en el juicio. También porque es la primera que se produce justo después de la decisión del Tribunal Supremo.

En septiembre de 2020, el Supremo sentaba jurisprudencia al declarar al primer rider, en ese caso de Glovo, como falso autónomo. Era el primer paso para una larga lista de casos pendientes que tenían que sucederse. Ahora, en Barcelona, se ha tenido en cuenta la sentencia para el macro juicio.

Por parte de Deliveroo, consideran "que la sentencia no refleja la forma en la que los riders colaboran con la compañía y, por este motivo, la recurriremos. En cualquier caso, esta sentencia se refiere a un modelo antiguo y no afecta a los riders actuales".

Según relata la sentencia, la relación entre ambas partes no era tan amplia como se argumentaba por parte de Deliveroo. Tanto así como las retribuciones por hora y pedidos mínimos a realizar única y exclusivamente a través de la estructura organizativa de Deliveroo.

De manera adicional, la sentencia habla de un seguimiento de la plataforma de la actividad de los riders, tiempos y valoraciones por parte de los clientes. En este sentido, para el juzgado de Barcelona, la laboralidad está clara en tanto en cuanto los riders recibían un aviso de 30 días para mejorar su conducta. Si esta no mejoraba, se procedía a dar de baja al profesional; un punto que para la jueza es sinónimo de órdenes e instrucciones empresariales que determinan la laboralidad de los riders.

La decisión del Supremo y el modelo de negocio de Deliveroo

Al igual que ocurriese con el caso de Glovo en el Tribunal Supremo, cuestión que la tecnológica procedió a recurrir, el fallo obliga a Deliveroo a dar de de alta en la Seguridad Social a los 748 repartidores entre 2016 y 2018. En este punto, y según explica el comunicado, si se cambiase el modelo laboral habría consecuencias en la estructura de la compañía:

"Si los riders fueran reclasificados como empleados, el modelo de negocio de Deliveroo se vería tan afectado que tendríamos que revisar factores clave como el número de riders que pueden colaborar con Deliveroo o el número de ciudades en las que podemos operar. En cualquier caso, los riders perderían la libertad de la que disfrutan actualmente, teniendo que atenerse a horarios fijos preestablecidos por la compañía."

De vuelta al ruedo de las negociaciones

Mientras que ya son 41 los fallos a favor de los riders, la mesa de las negociaciones para crear la famosa 'Ley Rider' sigue teniendo mucho trabajo pendiente.

Será mañana, 13 de enero, cuando las partes vuelvan a sentarse para negociar los términos y condiciones de lo que será la regulación que afecte al sector. Con la voz cantante de Glovo por encima del resto de plataformas, no está demasiado claro el resultado.

Con la cuestión de la laboralidad a cuestas y un supuesto sistema de registro de algoritmos que parecía que se había dejado a un lado, nadie está contento con los resultados. Sindicatos, plataformas, riders y Gobierno seguirán con el tira y afloja de una ley que se prometía para agosto de 2020.

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