Han pasado tres años desde que Facebook se hiciese con el 100% de una de las aplicaciones de mensajería más populares a nivel global. Por 21.800 millones de dólares, la red social de Zuckerberg compraba a WhastApp.
Hasta aquí, todo bien. El problema llegó en agosto de 2016 cuando la app de mensajería anunciaba un cambio en los términos y condiciones de uso de la misma. El nuevo texto explicaba que existía la posibilidad de que Facebook y WhatsApp vinculasen las cuentas de los usuarios con la idea aprovechar los datos generados en una para el desarrollo de otra. Es decir, un big data enfocado a mejorar el rendimiento de Facebook a la hora de gestionar su publicidad –su mayor fuente de ingresos, dicho sea de paso–. En este momento, saltaban las alarmas de la agrupación de agencias de protección de datos de la Unión Europea que acusaba a la red social de información engañosa a sus usuarios ya que en los términos de la compra ambas compañías se comprometieron a no cruzar datos. Zuckerberg tenía hasta el 31 de enero de 2017 para presentar alegaciones que, a tenor de la situación, no han sido suficientes para la Comisión Europea.
De esta forma, el Ejecutivo ha multado a la red social con un cargo de 110 millones de euros. Lo cual, para Facebook, tampoco es un esfuerzo económico excesivo. La cantidad impuesta supone sólo el 0,45% aproximadamente de su facturación, aunque podría haberse elevado hasta el 1% del total según la normativa de la Comisión. La cooperación de Facebook en el proceso, que dice haber actuado "de buena fe", ha sido determinante para bajar de forma sensible el importe del cargo, aunque no lo suficiente como para cancelar el proceso. Recordemos que Facebook dio marcha atrás con el tema de la vinculación de cuentas ofreciendo a los usuarios la posibilidad de configurar las opciones en WhatsApp.
En el comunicado, publicado este mismo jueves, la comisaria Margrethe Vestager explica que esta decisión parte de la base de una normativa común a todas las empresas que ejerzan su actividad en el entorno de la Unión Europea:
"La decisión de hoy envía un mensaje claro a las empresas que deben cumplir con todos los aspectos de las normas de la UE, incluida la obligación de proporcionar la información correcta. La Comisión debe ser capaz de tomar decisiones acerca de los efectos de las fusiones empresariales en la competencia con pleno conocimiento de los hechos precisos".
Dicho reglamento obliga a proporcionar toda la información necesaria para que la Comisión pueda determinar las repercusiones de dicha fusión en su territorio. En el caso de Facebook esto no se ha cumplido, puesto que en su momento, cita el documento, "se declaró incapaz de establecer un emparejamiento automático fiable entre las cuentas y usuarios de WhatsApp de los usuarios de Facebook".
Si bien esta es la primera multa de este tipo que la Unión Europea impone, en el documento oficial se advierte que no está relacionada con los procesos nacionales derivados de la protección de datos y la privacidad de los usuarios que, debido a la actualización de agosto, puedan haberse producido.