El panorama de los pisos turísticos está pasando por una de sus mayores luchas internas dentro su larga historia. Porque no nos engañemos, existen desde hace años y muchos de ellos llevan en el lado oscuro el mismo tiempo.

El nacimiento de Airbnb y compañía sólo ha hecho que ordenar una actividad que viene de largo sea más fácil. Y se podría decir que, de alguna manera, se ha sacado a la luz la existencia de una regulación específica y vinculante para los cientos de pisos que han proliferado bajo este título. Parece que se ha dejando en el olvido, pero los permisos de vivienda turística existen desde hace años; sólo que la facilidad de gestión de Airbnb se ha olvidado de este detalle. Según las estimaciones del Gobierno de Barcelona de sus casi 16.000 pisos turísticos casi el 40% carece de permisos; tanto lo mismo con los de Valencia y más del 70% en Madrid. Y de estas aguas, estos lodos. Las demandas no se han hecho esperar seguidas de sanciones económicas por miles de euros. La última de ellas, Valencia y Palma; donde el alcalde de la ciudad no sólo ha limitado la actividad a los pisos con licencia, sino que ha decidido cortar por lo sano y eliminar cualquier actividad de piso turístico, –donde según sus estimaciones, los pisos no reglados superan el 90% de la oferta turística—.

Un problema de base

Uno de los mayores escollos a los que se enfrentan los gobiernos locales y propietarios es al de la concepción propia de qué es un piso turístico y qué no. Y por un defecto de forma, y visto lo visto, nunca se van a poner de acuerdo en este tema.

Poniéndonos en el caso de que teniendo una vivienda habitual y queriendo alquilarla únicamente por un tiempo, verano por ejemplo, la ley vigente no contempla esta posibilidad como tal. Ni mucho menos, alquilar una habitación estando el propietario en la casa.

Fuentes cercanas a Airbnb explican que si la normativa no deja claro qué es un profesional y qué no es, la plataforma no puede discriminarlo. En este sentido, ningún tipo de compañía de pisos turísticos tiene la opción de trackear cuáles son aquellas que cuentan con los permisos y qué viviendas se dedican de forma temporal al alquiler. En parte porque no les interesa a ellos, ni a los usuarios: impide, en cualquier caso, conocer el número de residencias particulares que se alquilan. El tema es que su posición radica en la idea de que el registro es un asunto recurrente por parte de las administraciones y el problema es que quienes están compartiendo su primera residencia o alquilan una habitación en ella no son un piso turístico y, por lo tanto, no pueden tener licencia. Sin embargo, para los Ayuntamientos, cualquier piso susceptible de ponerse en este tipo de plataformas debería y, de hecho, debe, figurar como vivienda turística independientemente del tiempo por el que se se vaya a ofertar el apartamento. Tributando en este caso como tal. Según la normativa de Barcelona, "las viviendas de uso turístico se ceden a enteros y el propietario no puede estar viviendo en él". Tanto lo mismo en Valencia que sigue una normativa similar regulada por el Decreto 92/2009, y que, según nos explican desde la oficina de alquiler de viviendas, si se alquila por un tiempo debe estar dado de alta igualmente por las estancias que nosotros hayamos alquilado; aunque no dejan claro si Hacienda pediría la parte proporcional o total.

Slate

En cualquier caso, para Barcelona, de momento, una vivienda habitual no debería dedicarse al turismo. Aunque según nos aseguran "cuando el nuevo Decreto del Reglamento de Turismo de Cataluña, que actualmente se encuentra en periodo de tramitación, entre en vigor, se permitirá este tipo de alojamiento turístico, y en este caso será igualmente necesario registrar el alojamiento como alojamiento turístico". Es decir, estaríamos en la misma disyuntiva.

En todo este embrollo, por tanto, no son los pisos turísticos al uso los que causan problemas. Que también. Es, por ausencia de ley, aquello que ha pillado por sorpresa a una industria compleja.

¿Qué ocurre entonces con eso de alquilar una habitación estando la familia propietaria en la casa? Ni en Barcelona ni en Valencia se contempla la posibilidad de aceptarlo como turismo de ningún modo. "Está prohibido", nos explican por teléfono desde la oficina de Valencia. Sin embargo, no es algo que esté contemplado en la legislación turística, como confirma en desde la oficina de alquiler de viviendas de Valencia vía mail: "El alquiler de habitaciones no esta contemplado ni regulado en la legislación turística autonómica. Son otras normas, como el Código Civil, las que establecen el régimen jurídico de este tipo de alquiler". Es decir, no sería turismo como tal, por lo tanto no es ilegal desde la visión de la actividad de Airbnb. Que, como todos saben, se dedica al turismo.