Actualización: La Ley de Geolocalización ya ha sido declarada como constitucional, básicamente bajo el mismo escenario planteado en la nota, con la condicionante de que los Ministerios Públicos que ejecuten esta medida deberán dejar constancia de dicha solicitud en el expediente de la averiguación previa y utilizando el requerimiento sólo en "casos de extrema urgencia", sin señalar exactamente en qué consisten tales.
La Ley de Geolocalización en México es un tema que se ha visto reavivado y de nuevo en el foco de la controversia luego de casi dos años del estallido del conflicto inicial con la aprobación y eventual demanda de inconstitucionalidad que la tuvo relativamente congelada, hasta ahora, cuando el asunto ha sido retomado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en un escenario donde ocho ministros se han manifestado ya a favor de la permanencia de la Ley, mientras que únicamente tres se han opuesto a ella por considerarla anticonstitucional en su planteamiento para solicitar la ubicación geográficas de los teléfonos móviles en tiempo real y sin orden judicial, para el procesamiento de investigaciones judiciales por delitos graves.
La Ley se saltaría la autorización de un Juez para ejecutar la geolocalización.
La Ley de Geolocalización se compone básicamente de un conjunto de reformas que permitirían a la Procuraduría General de República (PGR) rastrear en tiempo real la localización de los teléfonos celulares vinculados a personas que incurriesen en algún delito, ya sea como víctimas o como criminales. Otorgándole a este organismo la facultad de solicitar directamente a las operadoras los datos de ubicación de los terminales suscritos a su red, sin la necesidad obligatoria de contar previamente con una autorización de un juez. Sin embargo el proyecto desde el principio ha sido fuertemente criticado debido a que permite que las peticiones de datos personales se hagan bajo un simple principio de sospecha, mediante la expedición de un oficio escrito o un correo electrónico por parte de la PGR, sin una orden judicial de por medio, lo que expone potencialmente la privacidad de los usuarios. Hoy por hoy la Ley va encaminada a su aprobación.
Contexto y antecedentes
La Ley de Geolocalización en sus inicios fue impulsada por el empresario Alejandro Martí, reconocido públicamente en México por el famoso caso de su hijo secuestrado y asesinado en 2008. Este empresario presentó a principios de 2011 un proyecto de reforma a través de la organización México SOS, con el objetivo de "contemplar la Geolocalización en tiempo real de llamadas telefónicas en caso de secuestro." Martí se ha distinguido por promover diversos cambios legislativos para el combate al crimen organizado, incluyendo la Ley de Seguridad Nacional.
La CNDH intervino en su momento, ahora no se sabe.
El primer proyecto de este reglamento pasó por Senado en abril de 2011, cuando fue aprobada y turnada a la Cámara de Diputados, donde se quedó eventualmente varada durante meses, hasta que a principios de marzo de 2012 fue aprobada por virtual unanimidad, con 315 votos a favor y tan sólo 6 en contra. La Ley entró en vigor a partir del 18 de abril de 2012, hasta que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una demanda de acción de inconstitucionalidad, lo que obligaba a discutir la Ley en la Suprema Corte, representando la oportunidad de eventualmente revocarla, situación que al parecer no sucederá de acuerdo lo que han manifestado públicamente sus integrantes, la postura oficial de la Comisión con respecto a esta situación aún no ha sido manifestada.
Controversia
Luego de tres días de debate entre los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sobre la constitucionalidad de las normas contempladas en la Ley de Geolocalización, ocho miembros de la SCJN ya se han manifestado por la permanencia del reglamento y sólo tres la han considerado inconstitucional, de acuerdo a reportes del diario El Universal, donde señalan que cuatro de los ministros se manifestaron de acuerdo con la declaratoria de validez simple y llana, considerando, cuestionablemente, que no existe vulneración de las garantías fundamentales los individuos, el cuál es el argumento por el que la CNDH interpuso su recurso de bloqueo original. Mientras que otro grupo de cuatro miembros reconocen que la Ley viola efectivamente los derechos humanos de los posibles afectados, pero dicho agravio está justificado, ya que el fin benigno que persigue el reglamento es legítimo. Por lo que se debería cumplir con "ciertos requisitos de razonabilidad y pertinencia, lo que implica una interpretación conforme a la Constitución", facultad que bien podría ser ejecutada en última instancia por la Suprema Corte, lo que abre la posibilidad al establecimiento de algunos escenarios de excepción, donde no procedería legalmente el rastreo de los dispositivos móviles.
El proyecto original de Ley, presentado por la ministra, Margarita Luna Ramos, será modificado para incorporar cambios basados en las observaciones de ambos grupos de ministros, con el fin de lograr un consenso y realizar por fin una votación final que podría validar de manera definitiva esta ley. El nuevo documento buscará incluir algunas regulaciones de excepción y justificar la argumentada vulneración de los derechos humanos, como un proceso válido, siempre y cuando se aplique de conformidad con la Constitución. Un planteamiento que por sí mismo resulta prácticamente contrapuesto.
Balances
La pregunta necesaria consiste en cuestionarse hasta qué punto un ministerio público tendría verdadero derecho de saber la ubicación de un individuo mexicano basado sólo en una sospecha. Más la verdadera validez del cuidado a los derechos constitucionales cuando las propias modificaciones de Ley de Geolocalización buscan encontrar la vía para justificar su intrusión, eso sin contar la posibilidad de los malos usos que podrían dar las instancias judiciales a este procedimiento, donde bastaría con un oficio o correo electrónico para obligar a las operadoras de telefonía celular a proveer datos sobre la localización de los dispositivos.
Resulta incierto conocer cuál será el resultado de la votación final, sin embargo la balanza parece relativamente inclinada a su futura aprobación.