Decimos adiós a las olas de calor de este año impregnado por el cambio climático y damos la bienvenida a las primeras olas de frío del año. Con ellas, a los abrigos que habían estado enterrados en el fondo del armario; ahora no querrás quitártelo ni el coche. Un cambio de ropa que nos hace preguntarnos algo: ¿puede multarnos la DGT por conductor con abrigo?

La respuesta corta es que sí. Una de las multas comunes de la DGT en invierno es precisamente la de llevar puesto el abrigo. Hasta 200 euros de castigo por llevar puesta esta prenda invernal. La respuesta larga es que el motivo de esta sanción está en mantener nuestra propia seguridad.

Todo dependerá, claro está, del tipo de abrigo que tengamos en mente. Chaquetas o blazers quedan fuera de la ecuación. Aquí estamos hablando de olas de frío y, por tanto, de los abrigos acolchados. Los de plumas. Los que nos hacen parecer el muñeco Michelin. Muy prácticos para el frío del invierno, pero no para ir al volante. Si usamos la lógica, podremos entender el motivo de la multa de la DGT por conducir con abrigo. Su gran tamaño nos impide tener una correcta movilidad de los brazos a la hora de manejar el volante. También impide que el cinturón de seguridad actúe de la forma correcta. Los acolchados del abrigo hacen que, en caso de colisión, se puedan crear cámaras de aire en la prenda de ropa y, por tanto, no ejercer la sujeción necesaria.

Es por este motivo por el que tampoco se permite usar otros materiales acolchados que puedan impedir el correcto funcionamiento del cinturón. Cojines, almohadillas o adaptadores quedan totalmente fuera de la ecuación. Los abrigos están en la misma liga.

Como ocurría con el caso de conducir con chanclas, no hay un texto que diga linealmente "está prohibido conducir con abrigo y eso conlleva una multa de la DGT". Como en el caso de la prenda ligada al verano, en la de invierno hay una interpretación y lectura del agente que esté implicado en ese momento.

La DGT no es amiga de las prendas de verano y sí, también hay multas

Si la DGT tiene la mirada echada en las chanclas de verano, tampoco tiene en gracia a las de invierno. De nuevo usando la lógica, las botas contra el frío también pueden suponer un problema de seguridad a la hora de conducir. Si la suela es demasiado gruesa, quizá no tengamos la sensibilidad correcta de los pedales del vehículo. O una libertad de movimiento correcta en caso de tener que reaccionar rápidamente. La multa de la DGT podría llegar, en este caso, a los 80 euros.

Siguiendo la norma de la interpretación del agente implicado en ese momento, también tienen una recomendación respecto a los accesorios para las manos. Es decir, los guantes de invierno. De nuevo, podrían impedir el correcto manejo del volante y una libertad de movimiento adecuada.

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