La Lista Robinson es una de las herramientas que dispone el público para sobrevivir a las llamadas y los mensajes de texto o correos electrónicos comerciales no deseados. Sin embargo, no todas las compañías la cumplen, y ello ha vuelto a quedar en evidencia. En los últimos días, por ejemplo, se ha multado a una compañía que supuestamente realizaba una campaña publicitaria en nombre de Vodafone.
Como se aprecia en el documento oficial, la Agencia Española de Protección de Datos impuso una multa de 10.000 euros a una firma llamada Tecnocube Marketing S.L. Esto ocurrió tras comprobarse que realizó llamados con fines comerciales a una persona registrada en la Lista Robinson desde 2018.
La denuncia incluía originalmente dos números telefónicos que habrían pertenecido a la empresa en cuestión, aunque se comprobó que solamente uno de ellos lo era. La parte reclamante mencionó que, en los llamados recibidos, la empresa multada hacía referencias a una campaña publicitaria de Vodafone. Sin embargo, la operadora de telefonía se desligó de cualquier relación con las líneas telefónicas denunciadas.
"VODAFONE indica que el reclamante consta en la lista Robinson interna y de ADigital [Asociación Española de la Economía Digital] y que los números llamantes no corresponden a ningún colaborador", indica el documento.
La Lista Robinson y las demoras para responder a las denuncias
De acuerdo con el fallo de la Agencia Española de Protección de Datos, la empresa castigada infringió "el artículo 48.1 b) de la LGT, en relación con el artículo 23.4 de la LOPDGDD". El monto final de la multa —10.000 euros— es porque el incumplimiento de la legislación ha sido tipificado como leve. Se puede decir que la compañía sancionada la sacó barata, considerando que el castigo máximo para infracciones calificadas de esa forma es de 50.000 euros.
Este episodio deja en claro que inscribirse en la Lista Robinson es una buena medida para acabar con la publicidad indeseada, y que también es posible obligar a las empresas a cumplirla. No obstante, también pone de manifiesto la lentitud de las partes involucradas para resolver este tipo de situaciones.
En este caso, la denuncia se realizó el 22 de julio de 2021, el mismo día que la parte reclamante recibió los llamados comerciales indeseados. Mientras que la resolución recién se publicó el 14 de octubre pasado. Es decir que tuvieron que pasar más de 14 meses para llegar a una definición con respecto al tema. Se siente como demasiado tiempo para dar respuesta a una problemática que requiere de medidas expeditivas.
Si quieres conocer a fondo sobre en qué consiste la Lista Robinson y cómo apuntarte, te invitamos a leer este artículo que publicamos tiempo atrás en Hipertextual. También puedes ponerte en contacto con la Asociación Española de Economía Digital a través de las vías mencionadas en su página web.