Invierte en Bitcoin. Es posiblemente una de las frases más repetida en Instagram y otras redes sociales. Las criptomonedas han llegado para quedarse, o eso parece. Tienen sus adeptos y sus detractores, pero sea como fuere, hay quien ya posee criptomonedas en su monedero virtual. Y si hablamos de dinero y ganancias, toca hablar también de la Declaración de la Renta. Entre el 6 de abril y el 30 de junio, cualquier adulto que obtuviera ingresos de cierta cuantía el año pasado, debe hacérselo saber a Hacienda, la Agencia Tributaria.

La pregunta que muchos se harán, si son poseedores de Bitcoin y otras criptomonedas, es si este nuevo de divisa virtual entra dentro de lo que Hacienda debe saber de nosotros. Si sabe cuánto tenemos en el banco, en qué lo invertimos y cuánto hemos ganado trabajando, ¿hay que informar sobre las criptomonedas en la Renta 2021-2022?

Primero, conviene saber en qué consiste la Declaración de la Renta. Se trata de un trámite que realizamos, como contribuyentes, ante la Agencia Tributaria. Cada año, declaramos lo que hemos ganado el año anterior. Beneficios que se gravan mediante el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el conocido como IRPF. Es el impuesto más popular junto al IVA y grava lo que has ganado trabajando, vendiendo acciones y/o otros productos bancarios y/o vendiendo o alquilando inmuebles y un largo etcétera. ¿Y cómo encajan en la Renta las criptomonedas?

Una novedad mirada con lupa

Hacienda tiene mucha información sobre nosotros. Sabe si tenemos propiedades cruzando sus datos con los del Catastro. Sabe cuánto dinero tenemos en el banco y en qué lo tenemos invertido, pues las entidades bancarias están obligadas a facilitar esa información. Entre otras obligaciones. También sabe cuánto ganamos trabajando porque las empresas deben facilitar esa información. Pero con las criptomonedas, y Bitcoin a la cabeza, todavía no es así al tratarse de un “producto” tan reciente.

Precisamente, el año pasado Hacienda empezó a interesarse por las criptomonedas. La Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal incorporó las criptomonedas o criptodivisas en su lista de elementos a vigilar. Eso fue en el verano de 2021. El texto dice “se reforzará el control fiscal sobre el mercado de criptodivisas, estableciendo nuevas obligaciones de información sobre la tenencia y operaciones con monedas virtuales.”

Pero estas obligaciones, por el momento, tan solo afectan a las empresas que operan con criptomonedas. Es decir, quienes ofrecen servicios de guardado y/o cambio de criptodivisas. Los propietarios de esas criptomonedas, por ahora no.

Bitcoin es la criptomoneda o moneda virtual más popular
Foto por Kanchanara en Unsplash

¿Cuándo declarar mis criptomonedas?

Por el momento, Hacienda considera Bitcoin y otras criptomonedas un activo virtual. Un bien inmaterial que puede usarse como método de pago y que tiene un valor que sube o baja. Es más, precisamente es la compra y venta de criptomonedas lo que más fama le ha dado. Así, no debemos declarar si poseemos criptomonedas pero sí si hemos ganado o perdido dinero con ellas al venderlas. O en argot, no se declaran las “criptos” en exchange si no dan ganancias y/o están en proceso de staking. En resumen, se trata a la criptomoneda como si fuera una acción o un fondo de inversión.

En cuanto a declarar los beneficios por criptomonedas, debemos declararlos en la Renta 2021 si esos ingresos superaron los 1.000 euros. Si tuvimos pérdidas, no estamos obligados a declararlas, pero no está de más hacerlo.

Por un lado, las ganancias por transmisión, minería, trading o compraventa para terceros, tributan entre un 18% y un 47% en la parte general de la Renta. Por el otro lado, la base imponible sobre las ganancias obtenidas con Bitcoin y otras criptomonedas por rendimiento de capital (intereses, stacking) o sin transmisión (airdrops, programas de referidos, hardforks) se mueve entre el 19% y el 26% y tributan en la parte especial de la Renta. En cuatro tramos:

  • Hasta 6.000 € de ganancias o intereses, tributan un 19%
  • Entre 6.001 € y 50.000 € de ganancias o intereses, tributan un 21%
  • Entre 50.001 € y 200.000 €, tributan un 23%
  • A partir de 200.001 € en adelante, tributan un 26%

¿Cómo y dónde declarar mis criptomonedas?

¿Dónde debemos indicar las ganancias que obtuvimos el año pasado con criptomonedas? En la Declaración de la Renta 2021, hay casillas dedicadas a este y otros fines. La que nos interesa es la casilla 1626. En el apartado “Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de otros elementos patrimoniales” indicaremos los saldos en monedas virtuales o criptomonedas en relación a ventas e intercambios. Y en el apartado “Ganancias y Pérdidas que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales” pondremos los intereses o staking.

Para quienes tengan un patrimonio holgado, es decir, de aproximadamente más de 600.000 €, además de la Declaración de la Renta, hay que presentar el Impuesto sobre Patrimonio o modelo 714. Depende de cada comunidad autónoma el máximo exento. La cifra de 600.000 € es una aproximación genérica. Sea como fuere, en esos casos, el modelo 714 tiene la casilla 46 para indicar los saldos en monedas virtuales del año anterior, el que corresponde a la Renta a declarar.

Finalmente, si tenemos bienes en el extranjero, como puede ser el caso de las criptomonedas guardadas en plataformas de otros países, deberemos cumplimentar el modelo 720. Pero solamente si esos bienes en el extranjero alcanzan la cifra de 50.000 euros o más. En caso contrario, no es necesario ese documento adicional.

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