La Corte Suprema de los Estados Unidos ha dictaminado que la demanda contra Apple por el supuesto abuso de mercado de la App Store puede seguir adelante. Se trata de una decisión que tenía pendiente la compañía, cuando alegó en primera instancia que fuese desestimada por considerar que los demandantes no tenían la posición legal requerida para presentarla.
En un escrito de 28 páginas, la Corte Suprema de los Estados Unidos lista todas las razones por las que cabe la posibilidad de que la compañía pueda ser demandada por limitar la instalación y compras de apps en iOS a la App Store.
Hasta el momento, Apple alegaba que su tienda actuaba como mero intermediario y por tanto los usuarios no eran directamente sus clientes, sino que lo son de los desarrolladores, un argumento que la corte ha rechazado al considerar que "no tiene mucho sentido", según apunta el propio juez Brett Kavanaugh en el extenso documento que puede ser consultado por cualquiera.
De haberse aceptado al argumento de Apple en apelación, se hubiera limitado el campo de actuación de este tipo de demandas contra la compañía, pero la corte entiende que efectivamente Apple pone a disposición de los usuarios las aplicaciones, y por tanto, los demandantes son competentes para proseguir con la demanda, pudiéndose dar el caso que exista una posición de poder en el mercado de apps de iOS:
Los demandantes compraron aplicaciones directamente de Apple y, por lo tanto, son compradores directos bajo la decisión tomada en el caso Illinois Brick. En esta primera etapa de alegatos del litigio, no evaluamos los méritos de las demandas antimonopolio de los demandantes contra Apple, ni consideramos ninguna otra defensa que Apple pueda tener. (...) Aquí, sin embargo, los consumidores compraron directamente a Apple, el presunto monopolista. Por lo tanto, el Noveno Circuito [NdE: Corte de Apelaciones novena de los Estados Unidos] sostuvo que los propietarios de iPhone podrían demandar a Apple por presuntamente monopolizar la venta de aplicaciones de iPhone y cobrar precios más altos que los competitivos.
El grueso de la decisión de la corte está basada en una cuestión tremendamente importante derivada en el famoso caso de Illinois Brick Co. v. Illinois: determinar si Apple es la que vende o no las aplicaciones o simplemente pone en contacto a desarrolladores y usuarios. La diferencia, según las normas antimonopolio de los Estados Unidos, es especialmente importante.
Illinois Brick Co. v. Illinois, Apple o los desarrolladores: compradores directos o indirectos
Explicado de forma sencilla: en el primer caso, al participar directamente de la venta, una compañía es susceptible de ser demanda por prácticas monopolísticas. En el segundo, cuando se determina que una compañía está "unos pasos por encima" de la mera transacción, y es simple plataforma e intermediario, no cabría demandarla por las mismas consideraciones.
En el caso de Illinois Brick Co. v. Illinois, la Corte Suprema sostuvo que los compradores directos pueden demandar a los supuestos infractores de la ley antimonopolio, pero no los compradores indirectos, y esa es la diferencia fundamental que la corte ha encontrado en el caso de Apple. Esto, precisamente, fue lo que el Tribunal de Distrito -la primera instancia- determinó en el caso de Apple cuando llegó a su sala, el mismo por el que desestimó la demanda.
Según el Tribunal de Distrito, los propietarios de iPhone no eran compradores directos de Apple porque eran los desarrolladores -y no Apple-, los que establecen el precio de compra, y por tanto no podía establecerse una conexión directa entre Apple y el consumidor final en la venta de aplicaciones. Este mismo argumento es el que ha revocado la corte, pronunciándose en sentido contrario y por tanto, dando a entender que la compañía sí que tiene una relación directa, lo que legitima una posible demanda bajo la ley antimonopolio.
Apple da un paso al frente en apelación a una demanda antimonopolio en Estados Unidos
Ahora, y con esta decisión de la Corte, se abre la puerta a que una demanda contra Apple bajo la ley antimonopolio pueda tambalear los cimientos del modelo de negocio que ha puesto en marcha desde el lanzamiento de la App Store y que han seguido infinidad compañías en otros ámbitos de la tecnología móvil.
Esta vez, como bien apunta la corte, no entra a valorar si Apple tiene o no razón o si la compañía ha caído en prácticas monopolísticas, pero sin duda es un primer paso para que el modelo de la App Store pueda cambiar en el futuro, e incluso la relación de Apple con los desarrolladores y con los usuarios.