El Congreso de los Diputados ha aprobado la nueva reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, en un movimiento que arroja un poco menos de luz que la gran modificación anterior conocida como la Ley Sinde. Aunque la reforma incluye varios cambios de calado, quizás el más determinante de todas es el aumento de poder de las instituciones administrativa para forzar el cierre de una web sin que sea necesario un proceso judicial o sin que esa decisión la tome un juez.

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En este sentido, todos los grupos parlamentarios mayoritarios se han puesto de acuerdo en la modificación de la regulación actual, un pacto que ha puesto de acuerdo a PP, PSOE y Ciudadanos y que ha desembocado un texto que sanciona que la ejecución de la medida de colaboración dirigida al prestador de servicios, con independencia de cuál sea su naturaleza, no requerirá la autorización judicial prevista en el artículo 122 bis de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa aunque incluye un requisito específico cuando estos sitios web sean parte de procesos reincidentes.

La modificación, por tanto, pone de manifiesto el hecho de que se quite de en medio a la autoridad judicial para solicitar a los prestadores de servicios, como las operadoras o las webs que alojan contenido, que bloqueen el acceso inmediato a una web cuando se considere que exista una infracción de la propiedad intelectual dentro de los supuesto que recoge la ley.

Los cambios también pasan por la nueva ordenación sobre las competencias de las entidades de gestión en términos de la recaudación de los royalties en materia de propiedad intelectual de sus socios. Esta reforma llega justo después de que en diciembre se publicase en el BOE la nueva ordenación de tarifas para el canon digital, algo que va en línea con lo expuesto en la nueva ley de propiedad intelectual.

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De momento, las consecuencias más inmediatas recaen en dar mayor poder a la administración para que sean juez y parte en el proceso de cierre de páginas web, en tanto que las entidades judiciales van poco a poco perdiendo su parte en las disputas que se den en lo que concerniente a la piratería y las violaciones de derechos de autor, al menos en todo lo que vaya más allá de lo puramente punible y de los sancionado en el Código Penal.

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