La lucha sigue en las filas de Deliveroo y esta vez por parte de la compañía con una normativa de explica la mejor forma de proceder con sus "colaboradores".
La polémica saltaba hace unas semanas cuando una gran parte de los riders de la compañía en España seguían los pasos de sus compañeros en Reino Unido: ponerse en huelga por lo que ellos consideraban un empeoramiento de sus condiciones de trabajo. Tras una manifestación por las calles de Madrid, el domingo pasado coincidiendo con las fiestas del WorldPride en Madrid, algunos repartidores decidieron no prestar servicio entre las 20:00 y las 23:00 horas, las horas de más actividad de la compañía a lo largo de la semana. Según datos de la propia tecnológica, antes de la celebración de las horas de huelga, casi el 40% de los repartidores ya había firmado el nuevo contrato de trabajo. Este, conocido bajo las siglas TRADE, propone que el 75% del sueldo percibido por el trabajador debe estar sujeto a una empresa, en este caso Deliveroo, permitiéndoles ese restante 25% destinarlo a otras compañías. Se terminaba, en este caso, con las condiciones de exclusividad. Pero esto no solucionaba una de las mayores quejas de los riders: el aumento del número de repartidores entre las filas de la compañía, pero la imposibilidad de controlar la demanda, ha provocado que los dos pedidos diarios mínimos por cada repartidor no se puedan asegurar.
Los repartidores de Deliveroo en pie de guerra, y no sin razón
En todo este contexto, Deliveroo ha considerado necesario, que ciertamente lo es, enseñar a su plantilla fija sobre cómo dirigirse al equipo de casi 1.000 repartidores autónomos. Evitar las dudas y los malentendidos por parte de ambas partes es el reto a conseguir, especialmente por si surge alguna inspección de Trabajo tras los rumores que se han asociado a la compañía. Según ha podido saber El Economista, los términos salario, trabajo, contrato o despido no entran dentro del léxico permitido. Y es que realmente, los contratos firmados por los repartidores no tienen asociados ninguno de estos términos. Sería más un defecto de forma que otra cosa, pero que a la larga puede ahorrarle a Deliveroo muchos disgustos en la relación con sus repartidores. Para sustituir estos términos, los formadores tendrían que emplear palabras como remuneración, colaboración, marco de colaboración y fin de la colaboración.
Reformas a medida
A pesar de todas las medidas y cuidados que se están tomando para mejorar las condiciones y las relaciones laborales en los nuevos marcos de la economía digital, el problema sigue existiendo. El informe "Trabajo en plataformas digitales. Análisis y propuestas de regulación", publicado por Adigital, pone de manifiesto precisamente esta cuestión: el largo camino que queda para lograr el objetivo y poner de manifiesto las ventajas y desventajas de este tipo de economía. Las reglas, y modelos de contrato, que valían hace unos años y que se han ido parcheando para este tipo de empresas, no pueden tomarse como una continuidad. Necesitándose, en este caso, una normativa ad hoc.
Las recomendaciones por parte de Adigital parten de la base de la colaboración entre organismos públicos y las diferentes plataformas (Deliveroo, Glovo, Uber...) para definir los parámetros de tipos de contrato y salarios mínimos que mantengan intactos los derechos de los empleados y los intereses de las diferentes compañías.