Sin duda la noticia bizarra y cómica de este mes fue la del mono fotógrafo, quien tras robarle la cámara a David Slater jugó un rato con ella y termino tomándose un autorretrato que circulo por toda la web llamando la atención de todos. Mentira o verdad, jamas sabremos si realmente es una toma casual que realizó un mono o una puesta de escena del fotógrafo Slater, pero realmente fue un momento divertido en el día a día de la fotografía.

Pero no todo es diversión y menos cuando se habla de copyright, y fue el caso del sitio Techdirt que, como un medio mas de la blogosfera, reportó la noticia utilizando las imágenes del mono retratista. Unos días después el representante de David Slater contactó el sitio exigiendo bajo la ley de derecho intelectual el retiro de las imágenes ya que no les pertenecían y se suponía que eran parte de la obra del fotógrafo, por más que no haya sido él el que presionó el disparador.

Podemos juzgar de tonto, arcaico y hasta paranoico el movimiento de esta agencia, y discutir hasta la muerte el punto en el que las imágenes fueron usadas para lucrar o para simplemente reportar la noticia, pero el tema que mas salio a flote fue el hecho del portador real del copyright. Si David no tomó la foto, no colocó la cámara en el lugar o apretó el disparador, ¿quien es el dueño real de la imagen?

Pues parece que nadie. Según la ley estadounidense acerca del copyright, un mono no es capaz de guardar derechos de autor, liberando las imágenes al dominio publico ya que no hay un dueño reconocible ante la autoridad competente. Traduzco libremente el segmento que da por tierra las posibilidades de David de lucrar con la fotografía:

503.03 Obras que no pueden obtener una reclamación de derechos de autor. Las siguientes obras no pueden reclamar derechos de autor en la oficina de Copyright: 503.03(a) Obras no originadas por un autor humano. Con el fin de tener derecho al registro de derechos de autor, una obra debe ser el producto de la autoría humana. Obras producidas por procesos mecánicos o selección al azar sin ningún tipo de contribución de un autor humano no son registrables. Por lo tanto, un revestimiento de suelo de linóleo con un diseño de piedras multicolores que fue producido por un proceso mecánico en los patrones de irrepetible, al azar, no es registrable. Del mismo modo, una obra que debe su forma a las fuerzas de la naturaleza y que carecen de autoridad humana no es registrable, por lo que, por ejemplo, un trozo de madera, aunque pulido y montado no es registrable.

Techdirt no solo ha investigado la ley en Estados Unidos, sino que continuaron con las disposiciones legales del Reino Unido e Indonesia y, aun así, las obras producidas por no-humanos no son licenciables. Parece que el pobre mono no tendrá una carrera en la fotografía, o al menos no le será lucrativa.

12 respuestas a “Las fotos del mono fotógrafo aparentemente son de dominio público”