La Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo ha absuelto a Cassandra Vera, la tuitera que realizó chistes sobre Carrero Blanco y que fue condenada por la Audiencia Nacional a un año de cárcel y siete de inhabilitación absoluta. La sentencia recoge que los mensajes publicados en Twitter "eran reprochables social y moralmente, pero que no resulta proporcionada una sanción penal".
El Tribunal Supremo ha anulado la condena impuesta por la Audiencia Nacional por un delito de humillación a las víctimas del terrorismo, después de que Cassandra Vera hiciera públicos doce tuits relacionados con el atentado que perpetró en 1973 ETA contra Luis Carrero Blanco, el presidente del Gobierno durante la etapa final de la dictadura franquista, que falleció en el acto. La tuitera había repetido en la red social "chistes fáciles y de mal gusto" del asesinato cometido hace 44 años, según el comunicado de prensa del Consejo General del Poder Judicial, pero "sin ningún comentario ultrajante hacia la víctima".
“ETA impulsó una política contra los coches oficiales combinada con un programa espacial”, “Kissinger le regaló a Carrero un trozo de la Luna, ETA le pagó el viaje a ella”, “Elecciones el día del aniversario del viaje espacial de Carrero Blanco. Interesante”, y “Película: ‘A tres metros sobre el cielo’. Producción: ETA films. Director: Argala. Protagonista: Carrero Blanco. Género: Carrera espacial”. Estos fueron algunos de los chistes que Cassandra Vera reprodujo en su cuenta de Twitter. La Sala recuerda que "se han inventado innumerables chistes" y que en todos la clave de humor "recaía en el hecho de que el vehículo surcara el espacio y acabara cayendo dentro de un edificio".
El vuelo tras la explosión, "un dato muy trillado y agotado"
“Tales circunstancias han servido para que la dinámica del atentado y la identidad de la víctima se parodiaran en publicaciones escritas y sobre todo en la comunicación del ‘boca a boca’, y últimamente a través de las redes sociales en Internet”, indican los magistrados en su sentencia, de la que ha sido ponente el juez Alberto Jorge Barreiro. El objeto de la mofa, no era tanto la víctima del atentado de ETA, sino el "dato muy trillado y agotado" de la altura que alcanzó el coche tras la explosión. Este tipo de chistes y bromas de humor negro han sido constantes desde hace cuatro décadas, e incluso Tip y Coll bromearon al respecto en los ochenta en su libro Tipycollorgía, entre muchos otros.
Tip y Coll sobre Carrero Blanco. Del libro "Tipycollorgía". Año 1984. Hace 33 años.
— Raúl Salazar & El Profesor Migraña (@respetocanas) January 11, 2017
HACE 33 AÑOS. pic.twitter.com/oA5ITLm5Mu
La Sala del Tribunal Supremo también destaca la lejanía en el tiempo del atentado contra Carrero Blanco al considerar que han pasado los suficientes años como para considerarlo como "un suceso histórico", cuyas bromas no pueden tener la misma trascendencia que un acontecimiento actual. “Máxime si se pondera que los hechos ya han sido objeto de toda clase de comentarios burlones sin que se activara la mayor parte de las veces una respuesta judicial penal”, afirma la sentencia que absuelve a Cassandra Vera.
El hecho de que la tuitera tuviera dieciocho años en el momento de la publicación de los chistes de Carrero Blanco también es relevante para el Supremo. La joven nació cuando el almirante franquista llevaba 22 años muerto, y en sus mensajes "se limita a reproducir lo que otros sujetos ya han dicho y a ridiculizar o banalizar el atentado de una persona que para Cassandra era un personaje de la historia que le quedaba muy lejos en el tiempo", dice el comunicado del Consejo General del Poder Judicial. La tuitera ha publicado un mensaje donde reconoce "estar muy contenta", pero al mismo tiempo muy preocupada por otras condenas como la de Valtonyc y otros raperos y tuiteros". Hace solo unos días, el propio Tribunal Supremo condenó a tres años y medio de cárcel a Josep Miquel Arenas, más conocido como Valtonyc, por los delitos de enaltecimiento del terrorismo, calumnias e injurias graves a la Corona, y amenazas no condicionales.
Muy contenta a nivel personal por el fin de un calvario judicial por el que nadie debería pasar.
— Cassandra Vera (@kira_95) March 1, 2018
Pero muy preocupada por otras condenas como la de Valtonyc y otros raperos y tuiteros.
Sigamos luchando por la libertad de expresión para todos. pic.twitter.com/AY7Rto84NE
De acuerdo con la sentencia, es necesario ponderar qué conductas pueden tener una relevancia penal. El propio Tribunal Supremo ha examinado otros casos donde también se hacían chistes sobre el atentado de ETA, pero en aquellos mensajes, dice la Sala, se entremezclaban otras actitudes que encajaban dentro del delito de enaltecimiento del terrorismo y humillación de las víctimas. Tanto la jurisprudencia del Tribunal Constitucional como la del Tribunal Europeo de Derechos Humanos reconocen que el derecho a la libertad de expresión no es ilimitado y que se puede plantear una sanción penal si se produce "una manifestación del discurso del odio por propiciar o alentar, aunque sea de manera indirecta, una situación de riesgo para las personas o derechos de terceros o para el propio sistema de libertades".