En 2015 el empresario Carlos Sánchez de la Peña fue acusado en un reportaje en la revista Fortuna de una administración fraudulenta de la empresa de transportación Estrella Blanca y corrupción con la Fundación Vamos México de la exprimera dama Marta Sahagún.

Sánchez pidió la “cancelación, bloqueo y suspensión” de tres páginas web que lo vinculaban con actividades ilícitas, entre ellas el reportaje de Fortuna. Sánchez apeló al Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI), quien pronto se puso de su parte. El INAI pidió a Google retirar los enlaces que perjudicaban al empresario de su buscador.

El caso fue llevado por la Revista Fortuna, representada legalmente por la organización R3D, al Séptimo Tribunal Colegiado de Circuito del centro Auxiliar de la Primera Región. El proceso comenzó desde febrero del 2015 buscando un amparo contra la resolución del INAI que ha sido otorgado esta mañana. Desde ahora, el buscador de Google no deberá ocultar los resultados que le afectan a Sánchez.

La organización R3D es una de la principales opositoras al derecho al olvido en México. Anteriormente han dicho que se trata de un “falso derecho” y “una regresión”. En la defensa, calificaron la resolución del INAI como un mecanismo de censura y una medida contra la libertad de expresión.

Ahora, la resolución del INAI queda inválida y el procedimiento de protección a los datos personales debe reiniciarse.

Este caso podría sentar un precedente para el derecho al olvido en México. En julio de este año, Mauricio Israel Hernández, titular de InfoDF, el órgano de transparencia de la capital mexicana, planteó la posibilidad de que el Derecho al Olvido sea incluido en la primera constitución de la Ciudad de México.

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