Hoy arranca el juicio contra la "cúpula de Anonymous" en España. Tres son los acusados que se sientan en el banquillo para dar continuidad a este proceso, primero en su clase en el España, que determinará su culpabilidad en el ataque informático perpetrado contra la web del Congreso, la de la Junta Electoral Central y la de UGT en mayo de 2011 con intención de bloquearlas e impedir su acceso a los ciudadanos.
Junto con ello, también se les acusa de la participación en el asalto y bloqueo de varias webs de empresas multinacionales como Sony, del aparato virtual de bancos como el BBVA o Bankia o de páginas web de gobiernos polémicos como los de Egipto, Libia, Irán o Argelia. Aunque estas supuestas participaciones se han hecho por asociación al colectivo mundial de Anonymous.
1600 folios en instrucción y penas de casi 5 años de cárcel
Casi 1600 folios en fase de instrucción han determinado que las tres personas que componen la supuesta "cúpula de Anonymous", habrían participado el 18 y 19 de mayo de 2011, en el ataque DDOS al servidor de la Junta Electoral Central, que recibió más de dos millones de peticiones en apenas un minuto y que logró tumbarlo. Adicionalmente se determinó que dichas acciones supusieron la afección normal de correcto funcionamiento de los servicios de correo electrónico y web de la Junta Electoral y que, por extensión, se obstaculizaron los trámites previos al proceso electoral.
Finalizada la instrucción, la Fiscalía, en su escrito de acusación y apertura del juicio oral, solicita cinco años de cárcel para uno de los acusados por entenderse que "formaban parte del colectivo Anonymous y prepararon ataques de denegación de servicio (DDoS) contra el entorno informático de la Junta Electoral Central, la página web del sindicato UGT y la del Congreso. Este ataque afectó de forma importante al normal funcionamiento de los servicios de correo electrónico y a la web de la JEC, obstaculizando los trámites previos al proceso electoral"
¿De qué se acusa exactamente a los supuestos miembros de la cúpula de Anonymous en España?
La Fiscalía les acusa principalmente de dos delitos. Para dos de sus miembros, R.T.S y D.L.I. se piden cuatro años y cinco meses de prisión por un delito de daños continuados y once meses de cárcel por integración en grupo criminal, un delito para el que código penal español castiga con la pena de tres meses a un año de cárcel, agravado además por el condicionan de "estar formado por un elevado número de personas" (CP, 570ter 1c, 2a).
En el primer delito, por el que se piden cuatro años y medio, el de delitos continuados de daños, el código penal en su artículo 264 prevé que, los que por cualquier medio, sin autorización y de manera grave borrase, dañase, deteriorase, alterase, suprimiese o hiciese inaccesibles datos informáticos, programas informáticos o documentos electrónicos ajenos, cuando el resultado producido fuera grave, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años, con el agravante.
Además, de la pena superior de dos a a cinco años (el caso que nos ocupa) cuando se dé el agravante de en su apartado dos de que por la acción del delito se generen daños de especial gravedad afectado a un número elevado de sistemas informáticos, se hubiese hecho en el marco de una organización criminal o, con la comisión del delito se hubiese perjudicado gravemente el funcionamiento de servicios públicos esenciales o la provisión de bienes de primera necesidad.
Se les acusa delitos de daños continuados e integración en organización criminal
En esta misma línea para el tercer acusado, J. M. Z. F., la Fiscalía solicita las mismas penas rebajadas en dos meses respecto a las R.T.S y D.L.I. Ahora, y mientras se desarrolla la fase del juicio oral, las dudas sobre la instrucción, sobre el desarrollo del procedimiento y sobre la existencia de un delito provocado por los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado, están empañando parte de este procedimiento, primero en su clase, en España.
La supuesta comisión de los delitos, en medio de la ebullición del 15M y con la fuerza y bombo que la que la Policía anunció la detención de la cúpula de Anonymous, arrojan dudas sobre si se va a tratar de forma excepcional por la publicidad del asunto, o si bien se han terminado por convertirse en cabezas de turco de algo mayor.
De momento, varias voces apuntan a que no existen elementos suficientes como para que el tribual considere, practicada la prueba (es decir, la fase del proceso en la que la prueba admitida por el Juzgado o Tribunal se examina), la existencia de un delito de tal gravedad como para mandar a los tres acusado cuatro años a la cárcel, y más con el informe de la JEC que eleva la cuanta de los daños a los 700 euros.
Ahora, sin jurisprudencia sobre el tema que permita hacernos una idea de lo que sucederá en la fase de conclusiones y posterior sentencia, el juicio a la cúpula de Anonymous arranca con las dudas sobre el proceso y, sobre todo, si va a haber justicia en el propio resultado.