Así ha quedado constatado en el dictamen emitido por el Tribunal de Distrito en Finlandia. La orden indica algo que, aunque obvio, sigue dando que hablar en muchas partes del mundo. El dueño de una red wifi abierta no es responsable de una infracción por copyright de algún otro individuo que haya utilizado la red.
El caso en cuestión fue presentado por la compañía finlandesa antipiratería Centre, una coalición de derechos de la propiedad intelectual en Finlandia. El grupo había demandado a una mujer por 6.000 euros por infracción del copyright.
La supuesta infracción hacía referencia a una obra teatro que tuvo lugar el 14 de julio del 2010, una obra que se filtró en la red y que al parecer, al menos una persona descargó el material con copyright desde su red wifi a través de P2P.
El Tribunal ha acabado emitiendo un orden en la que dice que:
Los demandantes no pueden aportar ninguna prueba de que el dueño de la propia conexión ha estado involucrado en el intercambio de archivos. El mero hecho de proporcionar una conexión wifi que no esté protegida por una contraseña no se puede constituir como un acto que viola el copyright.
Un nuevo varapalo para las sociedades que buscan criminalizar e igualar una IP a una persona. Una noticia que se une al fallo histórico emitido en Nueva York contra las demandas en masa declarando el juez un obviedad hasta ahora negada, una IP no puede equivaler a una persona.