¿Vulnera la Ley Sinde la directiva europea? ¿es inconstitucional? ¿puede una Comisión sin facultades de abogacía dictar una sentencia? ¿Cómo se valora el daño patrimonial? ¿quiénes podrían ser esos miembros de la Comisión? Son muchas las preguntas que aún hoy, pasados dos días, seguimos preguntándonos. Tras el pacto del PP y PSOE con CIU, el ciudadano sigue sin saber exactamente qué ocurrirá en la red y cómo se dirimirán los derechos y restricciones de un usuario sobre los derechos que esta comisión crea oportuno. Desde diferentes asociaciones de Internet están llevando a cabo un análisis sobre la posible inconstitucionalidad en la que puede estar incurriendo la disposición final segunda, la Ley Sinde. El punto más espinoso tiene que ver con la "probabilidad de/susceptible a daño", un concepto que no se considera ni explica en la Constitución y por el que claramente y en base a una generalización de los términos, cualquier usuario podría incurrir si la "comisión" lo viera oportuno. La parte del texto más inconclusa dice así:
Se podrá adoptar las medidas para que se interrumpa la prestación de un servicio que vulnere derechos de propiedad intelectual o para retirar los contenidos que vulneren los citados derechos siempre que el prestador, directa o indirectamente, actúe con ánimo de lucro o haya causado o sea susceptible de causar un daño patrimonial
Varios de los representantes de diferentes asociaciones de Internet se están reuniendo para poner en marcha en los próximos días diferentes acciones. Estos son los últimos testimonios de quienes están dispuestos a llevar a los Tribunales el texto pactado entre el PSOE, PP y CIU:
Miguel Pérez, presidente de la Asociación de Usuarios de Internet, habla de una propuesta en la que están en marcha más de treinta organizaciones con el fin de desarrollar una acción conjunta:
No queremos que nadie se aproveche del trabajo de los demás, pero esta es una ley para criminalizar al enlazador, y de esta manera se tendría que cerrar Internet. Hay que cambiar el modelo de negocio porque el futuro no pasa por lo que nos quieren imponer los que han triunfado con el modelo anterior. No es un problema de piratería, ya que se pueden prohibir todas las descargas, pero no va a servir de nada si la Industria no se adapta a los nuevos tiempos. Hace falta una reforma a fondo de la Ley de Propiedad Intelectual y la eliminación del canon, pues perjudica al creador y al usuario y sólo beneficia al intermediario. Hay soluciones, pero no pasan por criminalizar al usuario
Para Santiago Ureta, presidente de la Asociación de Música e Internet (AMI):
La Ley Sinde es una medida cautelar sin precedentes con una capacidad inquisidora tremenda
Víctor Domingo, de la Asociación de Internautas (AI), va más allá al referirse:
Han llevado al BOE una Comisión que es de antes de 1975. Nosotros ya presentamos todos juntos una petición en el Senado para que no sacara adelante la Ley Sinde. La enmienda pactada es una chapuza y no tiene garantías judiciales. Con ellas se da más facultades a la Comisión de Propiedad Intelectual y se pasa a los jueces a la categoría de notarios. Se está potenciando la Comisión sin una tutela judicial efectiva, se baja a los jueces a certificadores, ya que todo lo llevaría una Comisión política, convirtiendo además a los proveedores en la policía, pues ellos tienen los números IP de los usuarios
Miguel Errasti, presidente de la Asociación Nacional de Empresas de Internet (ANEI), recordaba que:
La mayor parte de los alojadores webs (más del 90 por ciento) no están en España, por lo que esta ley es ineficaz. La ley puede además crear inseguridad jurídica y una migración hacia otros países del sector del hosting, lo cual provocaría cuantiosas pérdidas económicas
En cualquier caso veo difícil que se pueda conseguir algo por la terminología utilizada para redactar la ley, si acaso lo modifican y listo. Lo más grave de esta disposición tiene que ver con el fin de uno de los derechos fundamentales de cualquier sociedad. Sin libertad de expresión, el ciudadano puede ser sometido a una comisión que, en un movimiento sin precedentes, toma posesión de juez, por encima de los propios jueces, quienes adquieren un papel de "funcionario", para decidir quién es infractor y quién no sobre unos términos injustificados.
Los "ajustes" de los que se habla donde se amplían las garantías judiciales son una cortina de humo, ya que sólo en un caso no se acabaría con el cierre de una web que haya requerido este nuevo órgano de "agentes secretos" o Comisión de Propiedad Intelectual. Las nuevas "garantías" pasan por que el juez estará desde el principio, en conjunto con la Comisión, pero nada más. ¿Hay algo más inconstitucional que un juzgado popular sin juez ni juicio ordinario? Parece que en España no.