Buenas noticias para el popular servicio de alojamiento y descarga directa de archivos RapidShare: el Tribunal de Apelación de Dusseldorf acaba de revocar la sentencia condenatoria que un tribunal de primera instancia le había impuesto al servicio por infringir derechos de autor, sentencia que salió de un proceso judiciales iniciado por la empresa Capelight Pictures, dedicada al negocio de alquiler de películas, tras interponer demanda contra el sitio.

De forma resumida en esta nueva sentencia el Juez dice que los negocios de RapidShare son completamente legales y entiende que ellos poco pueden hacer para evitar que los usuarios “cuelguen” archivos protegidos por derechos de autor. O dicho de otra manera, que RapidShare no es responsable de las infracciones de copyright cometidas por sus usuarios al utilizar el servicio para distribuir contenidos protegidos.

¿Y qué deja meridianamente claro, otra vez, estas dos sentencias? Pues el tremendo lío que tiene la justicia en todas partes respecto a estos temas. El principal argumento que la industria del copyright está utilizando para demandar a este tipo de servicio es válido para algunos tribunales y no para otros. Unos jueces dicen que este tipo de servicio es culpable de infringir derechos de autor por alojar contenidos protegidos aunque hayan sido subidos por terceros, y otros justo lo contrario, que no tienen ninguna culpa ya que son “los intermediarios” y el que comete delito es el que sube el material protegido por copyright.

¿Hasta cuando vamos a seguir así? Pues la verdad es que no lo sabemos. En cualquier caso estamos ante una buena noticia para RapidShare y resto de servicio hermanos (Megaupload por ejemplo) a por los cuales las gestoras de derechos, productoras y demás fauna van de cabeza, lo que les está obligando desde a cerrar hasta a iniciar nuevas estrategias para evitar la ira de estos a pesar de que las mismas pueden ser su sentencia de muerte.

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