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Ya se venía tiempo barruntando y era cuestión de días que el anuncio se hiciese efectivo. La primera señal llegaba en enero cuando la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) envió un requerimiento de anulación de varios de los artículos incorporados en el Real Decreto 1057/2015, aprobados en diciembre del pasado año por el Gobierno, relacionados con la regulación del negocio de los vehículos de alquiler con conductor.

La CNMC siempre ha apostado por liberar completamente el sector del transporteEn un intento por conseguir un aperturismo en la legislación recientemente aprobada, y que estuvo pendiente de negociaciones durante casi ocho años, también formularon un requerimiento al Ministerio de Fomento solicitando la misma petición. Dada las malas relaciones que tienen Gobierno y CNMC, y que no se han molestado en ocultar, dichos requerimientos han sido ignorados. De hecho, hace unos días, representantes del ejecutivo y del sector del taxi se reunían para analizar la situación y aclarar posiciones que, de hecho, se mantienen como hasta ahora.

Tras esta situación y en consecuencia, la CNMC ha interpuesto el famoso recurso contencioso administrativo dirigido a mejorar ambas normas y remover las restricciones injustificadas a la competencia que perjudican a los consumidores, las empresas, los autónomos y al propio sector público. Atrasado, probablemente, por las propias luchas internas por las que pasa la Comisión en cuanto a las opiniones dispares que gobiernan en la directiva de dicha institución.

La CNMC impugna estos actos de la Administración Pública al juzgar que son "contrarios a los principios de promoción de la competencia efectiva y a la regulación económica eficiente." Para la comisión existen varios obstáculos que no están justificados:

  • Los límites cuantitativos a las licencias de vehículos de alquiler con conductor sometidas ahora mismo a la ley 1/30. Es decir, por cada 30 licencias de taxi se emite una VTC, lo que hace que existan ahora mismo menos de 3.000 de estos permisos en España. La obligación de contratar el servicio previamente a través de aplicaciones y la prohibición de poder competir de forma directa en la vía pública no dejando usar las paradas habilitadas para taxis.
  • Restricciones geográficas que fragmentan el mercado nacional.
  • El número mínimo de vehículos para comenzar a operar, limitados a siete mínimo, y varias restricciones innecesarias y discriminatorias para los nuevos entrantes relacionadas con la representatividad y la antigüedad de los vehículos.

Todas estos muros a la competencia, según la CNMC, que tiene la visión más liberal del sector del transporte, "carecen de justificación social, obstaculizan la competencia efectiva en el transporte urbano de pasajeros en todo el territorio nacional, afectan negativamente a la innovación y, por todo ello, reducen el bienestar general.