El Instituto Federal de Telecomunicaciones, IFT México, ha jugado un papel de alta relevancia en el mercado de telefonía celular dentro del país, como ente regulador que ha cambiado las reglas y el terreno de juego, favoreciendo la entrada de nuevas compañías, bajo la modalidad de Operadoras Móviles Virtuales (OMV), así como imponiendo sanciones y modificaciones a los agentes económicos preponderantes del sector, todo bajo el objetivo de lograr una mejor dinámica de competencia que, en teoría, eventualmente se reflejaría en mejores tarifas y ofertas para los suscriptores nacionales. El organismo tuvo una primera etapa de actividad y opiniones positivas, sin embargo, durante los últimos días se ha visto sometido a severas críticas, debido a la falta de prontitud y claridad en algunos apartados que comenzó a regular, sin darle un seguimiento íntegro y funcional, lo que ha obligado a la entidad a reaccionar con prontitud.

La extensión se haría a petición de Telcel. A principio de esta semana senadores del PRI, PAN, PRD y PVEM acusaron al IFT México de incumplir con los plazos establecidos en la ley para garantizar la ejecución de los procesos de portabilidad numérica entre las distintas operadoras del sector, una situación que venía siendo denunciada por las propias firmas del ramo prácticamente desde la imposición de los cambios. Ahora, el Instituto ha hecho pública su postura, comunicando su estrategia para tomar acciones en el asunto, aunque se mantiene firme el rumor que apunta a que, efectivamente, actualizarán sus lineamientos este próximo 6 de noviembre, como exige la Ley, pero entre ellos contemplarán una ampliación injustificada del plazo para la Portabilidad numérica hasta febrero del año entrante. Justo así lo expresó Fernando Borjón, comisionado del IFT, en comparecencia ante la Cámara de Diputados:

IFT
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Vamos a cumplir el mandato legal del artículo 38 transitorio que nos obliga a emitir las reglas de portabilidad. Estas reglas tendrán plazos para implementación.

El presidente de la Comisión de Comunicaciones del Senado, Javier Lozano, señala recientemente en el diario El Financiero, que el IFT México pretende posponer el plazo luego de realizar una consulta con las empresas del mercado de telefonía, siendo Telcel la que sugirió la extensión del plazo. Lo que genera una situación potencial y delicada en donde el Instituto podría exponerse a no acatar su propia regulación, interpretando la Ley a modo para poder autoconcederse una prorroga para alinear los procesos que no ha podido gestionar más allá del papel y el decreto.

Uno de los puntos más interesantes aquí es que lo Borjón ha adelantado que se contemplan algunos cambios interesantes que bien podrían valer la pena en su espera, tales como designar definitivamente el número de asistencia telefónica 051, para ejecutar el proceso de portabilidad numérica en 24 horas y sin costo, además de la imposibilidad de portar desde un número de teléfono en modalidad de Prepago, a uno ahora bajo esquema de pospago. Hasta ahora estos son los requisitos contemplados para ejercer un proceso de portabilidad numérica entre compañías celulares en México:

1.- El trámite sólo podrá realizarse con números activos y vigentes.

2.- Se puede ejecutar entre números del mismo tipo de telefonía. Por ejemplo, migrar el número de telefonía fija con Telmex, a conservar el número fijo pero ahora con Axtel.

3.- La portabilidad debe solicitarse en la nueva empresa Receptora que el usuario elija.

4.- No se puede tramitar un proceso de portabilidad en los últimos 60 días o en curso.

5.- Debe firmarse la solicitud de portabilidad y entregar los documentos requeridos para generar la venta según lo exija cada operadora de telecomunicaciones que reciba el cambio.

6.- Debe firmarse personalmente una autorización para realizar una consulta de titularidad y deuda.

7.- Todo trámite de portabilidad debe ser evaluado técnica y comercialmente en la empresa Receptora.

8.- El número a portar no puede tener saldos vencidos e impagos asociados a la línea, ya sea fija o móvil

9.- Una vez realizada en su totalidad la Portabilidad se efectuarán cobros por tráfico de voz y servicios asociados, según lo cursado hasta el momento del corte del servicio (fijado homogéneamente para las 03:00 AM). Es importante indicar que algunos cargos como Roaming o Larga Distancia se facturan hasta con 6 meses de desfase, siendo totalmente legales.

10.- El proceso de Portabilidad corresponde única y exclusivamente al número de teléfono, ya sea fijo o móvil. Las condiciones comerciales ofrecidas por la empresa de origen no necesariamente serán las mismas ofrecidas por la empresa de destino, de manera que el usuario de acoplará a la oferta comercial de la nueva operadora, sin derecho a conservar los beneficios obtenidos con la operadora anterior.

11.- No es posible portar desde un teléfono prepago, a uno pospago.

La expectativa es que el IFT cambie algunos de estos lineamientos junto con los plazos para la implementación de los mismos entre las operadoras fijas y móviles. La resolución de este escenario está por conocerse.

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