Cuidado si vas a reservar un billete de avión en Iberia, porque la aerolínea ha modificado un detalle muy importante en el equipaje de mano. La denominación de algunos de los elementos personales que podemos llevar en cabina sin coste extra han cambiado con el objetivo de facilitar la reserva y entender por qué maleta hay que pagar y por cuál no.
Iberia ha confirmado que este nuevo cambio, que ya está presente en todos sus trayectos, es únicamente denominativo. Es decir, las condiciones en cuanto a equipaje siguen siendo las mismas, que a su vez son mucho más flexibles frente a las que ofrecen Ryanair o incluso Vueling, propiedad del grupo aeronáutico (IAG) junto con Iberia.
En concreto, y a partir de ahora, cuando reserves un vuelo con Iberia verás que con el plan básico puedes llevar dos elementos en cabina. Ahora, el hasta ahora conocido como accesorio personal (bolso, la mochila o el maletín para el portátil), pasa a llamarse Equipaje de mano personal. Mantiene las mismas medidas, con 40 x 30 x 15 cm, y debe colocarse debajo del asiento.
De forma gratuita, Iberia también incluye lo que ahora llama simplemente Equipaje de hasta 10 Kg. Este debe colocarse en cabina, aunque dependiendo del espacio disponible puede ir a bodega sin ningún coste adicional. Además de no superar los 10 Kg, la maleta tampoco puede sobrepasar las siguientes medidas: 56 x 40 x 25cm.
Otros cambios que llegan a Iberia

En ambos casos, el equipaje se añade automáticamente en el momento de realizar la reserva en Iberia. Posteriormente, podrás añadir un equipaje en bodega en caso de que sea necesario y con un coste adicional al precio de tu reserva. Vamos, que a nivel precios u obligaciones no ha cambiado nada y, reiteramos, es solo una modificación para aclarar aún mejor qué puedes llevar contigo una vez te subas al avión.
Además de esto, Iberia (así como aquellas otras que operen en ámbito europeo), deberán modificar sus compensaciones relacionadas con los retrasos y algunas políticas abusivas a causa de la modificación en la reforma de los derechos de pasajeros.
Con esta modificación, las aerolíneas ya no podrán cobrar a los familiares o acompañantes de personas dependientes un sobrecoste por sentarse juntos en el avión. Además, y respecto a los retrasos de más de 3 horas, la compensación se mantendrá en 250 euros para todos los vuelos retrasados con rutas de hasta 1.500 Km, o hasta 400 euros para vuelos intraUE con rutas de entre 1.500 y 3.500 Km. El resto de rutas tendrá una compensación de 600 euros por retraso.
