Imagen: © European Union 2014 - European Parliament

El derecho al olvido es una de los mayores libertades de la historia reciente en la Europa digital. Permite a los ciudadanos eliminar contenidos en la red bajo ciertos supuestos, que tienen que ver con informaciones erróneas y caducas como una forma accesoria más de proteger su honor.

Lógicamente, se trata de un cuestión compleja, en la que intervienen muchos factores y necesita la intervención de los proveedores de servicios en la red, entre ellos los buscadores.

Google pierde un caso histórico de derecho al olvido

Por ello, es especialmente complicado crear una serie de estándares que se apliquen de forma automática, y muchos casos de aplicación de derecho al olvido se dirimen en los tribunales. De un tiempo a esta parte, se está planteando la cuestión de si el derecho al olvido debe aplicarse de forma sustantiva a los territorios comunitarios o debe de ser de aplicación en todo el mundo. Es decir, la eliminación de los resultados de búsqueda debe limitarse a Europa o también a todos los territorios desde los que puede accederse al contenido.

Esto es precisamente lo que está en juego ahora mismo en la corte europea por una disputa entre Google, la Comisión Nacional de Tecnologías de la Información y Libertades Civiles (CNIL) de Francia y varias organizaciones británicas e internacionales de libertad de expresión, relacionada con si la aplicación universal del derecho al olvido puede tener un impacto que beneficie la censura en países como China, Rusia y Arabia Saudi. La cuestión de fondo es la buscar la forma de equilibrar el derecho al olvido con el derecho a la protección de datos, la privacidad y el interés público legítimo de acceder a la información que ya es pública.

En este caso, el CNIL multó a Google con 100.000 dólares por no eliminar el nombre de una persona de todos sus dominios en la red, no solo los europeos, de forma que pese a que dentro de la unión ya no estaba disponibles, podían ser accesibles desde dominios como los .com. Google, por tanto, apeló la sanción y el caso se encuentra en manos de la corte europea.

Ahora, el abogado general ha declarado que en términos generales, "el operador del motor de búsqueda no está obligado, al aceptar a una solicitud de eliminación de referencias, de llevarla a cabo en todos los dominios de su motor de búsqueda", solo tiene que garantizar la "eliminación de referencias completa y efectiva dentro de la UE”. Esto es un paso importante en tanto que limita el campo de acción del derecho al olvido a la UE.

“Los reguladores de datos europeos no deberían poder determinar qué resultados de búsqueda en Internet pueden ver los usuarios de todo el mundo. Solo deben poder eliminar de la lista los sitios web dentro de la jurisdicción de su país, y deben equilibrar los derechos de privacidad y libertad de expresión al tomar esa decisión.

De momento habrá que esperar la decisión final de la corte, pero generalmente suele ir en línea con la del abogado general, por lo que podremos esperar un cambio en la práctica de la aplicación del derecho al olvido, limitándola de forma exclusiva en la Unión Europea de aquí en adelante.

Recibe cada mañana nuestra newsletter. Una guía para entender lo que importa en relación con la tecnología, la ciencia y la cultura digital.

Procesando...
¡Listo! Ya estás suscrito

También en Hipertextual: