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Cuando el pasado 3 de mayo se disolvieron las Cortes Generales y se convocaron nuevas elecciones en España tras la falta de acuerdos, lo primero que se me vino a la cabeza fue un: "Otra vez todo este jaleo, no". Y por jaleo me refiero a la odisea del voto desde el extranjero.

"Otra vez todo este jaleo, no". Eso fue lo primero que se me vino a la cabeza

Desde hace tres años resido de manera permanente en Alemania por razones laborales, y desde hace 2 años y medio estoy registrado en el Consulado español al que pertenezco (Stuttgart) como residente permanente. Es decir, estoy registrado en el CERA (Censo Electoral de Residentes Ausentes).

Durante este tiempo han transcurrido tres elecciones: europeas (2014), autonómicas y nacionales (2015). Como residentes ausentes no podemos votar en las elecciones municipales españolas (aunque sí en las municipales alemanas, quizás eso sirva de comparación). Y bueno, mis experiencias han sido, definámoslas como interesantes.

Primera odisea: ¿estaré en el censo?

Una vez son convocadas elecciones, se tomarán como residentes CERA aquellos que estén incluidos en el censo desde el primer día del segundo mes anterior a la convocatoria. En el caso de que hayas sido incluido en el censo a posteriori, se debe realizar una reclamación. Tal reclamación debe realizarse al igual si existe algún error en el censo. Pero... para consultar el censo uno debe desplazarse al consulado en el que estás inscrito. Es cierto que puede consultarse el censo electoral de manera telemática si se tiene un certificado electrónico, de todas maneras, en el caso de tener que llevar a cabo una reclamación debe realizarse exclusivamente de manera presencial en el consulado.

Consultar el censo supone perder un día de trabajo, así como un viaje de dos horas en tren

En mi caso, esto supone perder un día de trabajo, así como un viaje de dos horas en tren (con el correspondiente gasto). Y tengo que decir que mi caso es quizás de los menos problemáticos al haber una embajada, así como cinco consulados en el territorio alemán. Aunque al estar divididos por distritos, se pueden dar casos como el mío: no poder acudir al consulado más cercano (Frankfurt, 45 minutos) por no pertenecer a su distrito. Aun así, no me imagino a un español viviendo en Brasil o Estados Unidos.

Segundo desafío: el ruego de voto

Bien, estoy en el censo y mis datos son correctos. En ese caso, recibes en tu dirección postal el famoso ruego de voto. El ruego es enviado desde el centro del censo electoral y consiste en un documento en el que te explican las diferentes opciones que se tienen para poder recibir los votos en tu domicilio, así como los datos necesarios para poder realizarlo. Existen tres alternativas:

La más clásica, a través de correo postal enviando un formulario rogando el voto a la Delegación Provincial del censo que corresponda. Hay que recordar que no existe una circunscripción específica para los residentes ausentes, sino que cada uno está ligado a una provincial en España en función de su procedencia o antigua residencia).

Las otras dos opciones para el ruego de voto se pueden realizar ya bien sea utilizando de nuevo un certificado electrónico, ya sea a través de una clave de tramitación telemática (CTT) personal e intrasferible. A lo largo de las tres elecciones así como en estas por venir, me he decantado siempre por esta última al considerarla la más rápida, segura y conveniente.

Una vez realizado el ruego de voto toca esperar. Cuando se realiza algunas de las tramitaciones telemáticas, se puede consultar el estado de tramitación de la solicitud. El ruego de voto se puede realizar hasta 25 después de haberse convocado las elecciones y durante la espera el estado de la solicitud puede pasar por varios estados: aceptada o no aceptada.

voto rogado
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Existe la posibilidad de rectificar el estado no aceptado enviando de nuevo alguno de los documentos requeridos para el ruego de voto (como la fotocopia del DNI o el pasaporte), aunque no siempre garantiza el cambio de estado. En caso de ser aceptada, también se especifica si se ha enviado a Correos o no. En este caso dependerá de si las listas han sido impugnadas o no, con lo que la salida de las papeletas en diferentes provincias puede variar. Y una vez que sale a Correos, tienes varias opciones: creer en el sistema y pensar que va a llegar a tiempo, mandar una paloma mensajera para que la intercepte y llegue antes, realizar alguna técnica esotérica para proveer suerte a tu sobre y sea incluido en el único vuelo que se dirige a tu país de residencia o bien aceptar que quizás no puedas votar.

Tercer reto: ¿es posible votar desde el extranjero?

¿Mi experiencia? Bueno, he sufrido en mis propias carnes la ineficacia del sistema del voto rogado. En relación a las elecciones europeas de 2014 y autonómicas en mayo de 2015, tras seguir la evolución de mi solicitud de ruego de voto y confirmar su aceptación y envío, nunca llegué a recibir nada. Se podría argumentar que mi dirección no es la correcta, pero si fuese así ninguna de las cartas anteriores hubiese llegado.

En las elecciones europeas no pude votar. Nunca llegué a recibir nada.

Tampoco es un problema de accesibilidad ya que al mismo tiempo recibí varias postales de amigos procedentes de lugares más exóticos que España e incluso cartas de familiares desde la propia provincia desde la que se envío mis votos. Simplemente, nunca recibí ninguna confirmación de llegada por parte del sistema postal alemán, ni antes, ni durante ni después de las votaciones. Al intentar pedir explicaciones, la única respuesta recibida fue que una vez enviada a Correos, nunca se recibió nada de vuelta. Así que no, no pude votar en esas elecciones.

Si tienes la suerte que tus votos llegan antes de los comicios, pues Marea Granate denunció casos en los que los votos de las pasadas elecciones generales llegaron después de Navidades, hay que llevar a cabo el proceso de voto. Se puede votar por correo enviando tu voto, esta vez al consulado al que corresponde, hasta 4 días antes de las elecciones. También es posible votar directamente en una urna del consulado o la embajada entre dos y cuatro días antes de las elecciones. El envío del voto puede ser gratuito o no dependiendo de los países, desplazarse al consulado para ejercer el derecho a voto no es reembolsado.

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En las elecciones del 20 de diciembre pude ejercer mi derecho a voto

Y teniendo en cuenta que el voto se produce durante horario laboral (de lunes a viernes) no solo de la embajada, sino también tuyo, supone de nuevo una baja laboral. En este caso, la solución parece obvia, llevar a cabo el voto por correo. Y eso es lo que todos estamos dispuestos a hacer. Pero como he comentado antes, sólo ocurre si tu voto llega a tiempo para poder llevar a cabo el voto por correo en el tiempo asignado.

Aquí llega mi segunda experiencia, con las elecciones generales del pasado 20 de diciembre. La fecha límite para el voto por correo era el 15 de Diciembre, mis papeletas para voto llegaron el día 17. Esta vez pude ejercer mi derecho a voto. Pero de nuevo, con muchas más trabas que un ciudadano residente en España y alterando mi jornada laboral.

Podría argumentarse el hecho de que sea un caso aislado, que exagere o que no haya entendido completamente el proceso electoral. Y puede que, de manera individual, sea cierto. Sin embargo, tengo la suerte de vivir en una ciudad con una comunidad española joven bastante grande y la gran mayoría ha sufrido algún tipo de problema similar a lo largo de su tiempo como residente ausente. Y esto, en base a los datos de Marea Granate, es extrapolable a nivel general. Tras el cambio de sistema de voto desde el extranjero se ha producido una reducción drástica del número de votos en este ámbito, más teniendo en cuenta el incremento de españoles viviendo en el extranjero (y sin contar con todos aquellos no registrados en los consulados).

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Gracias al trabajo incansable de Marea Granate, tenemos acceso a una información clara y a tiempo para votar

La supuesta mejora en el proceso electoral desde el extranjero se hace inverosímil cuando lo comparo con mi caso personal en relación al voto municipal en Alemania. Durante mi tiempo viviendo aquí, he pasado también por elecciones municipales en la región en la que resido al mismo tiempo que las europeas. Sorprendentemente, sólo bastó registrarme en el Ayuntamiento, procedimiento rápido y requerido para trabajar en el país, para tener derecho a voto en el municipio (de manera excepcional, debido al alto número de extranjeros residiendo en esta ciudad, tenemos incluso unos escaños propios). También tuve la oportunidad de votar a las elecciones europeas desde el lado alemán. Todo ello de una manera eficaz, entendible y razonable. Sólo por el hecho de llevar a cabo una inscripción similar a la realizada en el Consulado.

Me gustaría acabar diciendo que, gracias al trabajo incansable de Marea Granate (que no solo lucha por un cambio en el sistema electoral extranjero); muchos de nosotros, los “expatriados”, tenemos acceso a una información clara y a tiempo, para poder ejercer un derecho que parece que se nos quiere restringir, el derecho a voto.

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