Volkswagen

Después del Caso Volkswagen y de la relativa calma respecto a las compensaciones que la compañía tendría que hacer frente en España por los más de 700.000 coches afectados que se vendieron en territorio nacional, un juez de primer instancia de Torrelavega ha sido el primero en pronunciarse sobre el tema, respecto a la responsabilidad de la compañía y la compensación a recibir por uno de los afectados directos.

El fallo, que es el primero en España sobre el caso de las emisiones de Volkswagen, ha desestimado la demanda que había sido interpuesta el comprador de un VW Tiguan contra Volkswagen Audi España y a Parte Automóviles (concesionaria de la venta), por la que se solicitaba la anulación de la compra y la devolución completa del precio de venta del coche en el momento de la compra.

El juez ha determinado que no existe no hay vínculo contractual alguno entre el demandante y Volkswagen Audi España, y del mismo modo, tampoco ha apreciado responsabilidad frente a la concesionaria de la venta y la anulación contractual al determinar que, el concesionario, no tenía en modo alguno conocimiento de que el vehículo tenía instalado un software malintencionado.

No aprecia error relevante que anule la compra del coche Lo más determinante es que en base al problema de la emisiones y al trucaje en sí, el juez ha determinado que no existe un error relevante, pues considera que el vehículo es apto para la circulación y no hay ninguna normativa interna o comunitaria que haya ordenado la paralización de los vehículos afectados por el caso Volkswagen.

Sobre el fondo del asunto, el juez asegura que la solución ofrecida por la compañía a los afectados es la adecuada y no existe causa alguna que justifique su rechazo.

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