La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha recurrido el archivo con el que le juez Santigo Pedraz daba carpetazo a la querella presentada por Dignidad y Justicia con Guillermo Zapata, puesto que el ministerio público de la Audiencia Nacional entiende que el magistrado que ha archivado la querella no puede adaptar una decisión sin antes haber tomado declaración al imputado.

Además, hay que tener en cuenta que tal como está previsto en la ley, el delito de humillación a las víctimas del terrorismo es perseguible de oficio en virtud del 578 del actual código penal, por lo que si el ministerios fiscal concluye que se dan los elementos objetivos del tipo para que exista delito por causar malestar entre las víctimas, podría seguir adelante con la acusación por los tweets de Zapata.

Esto es especialmente determinante, pues supondría que el ofendido no sería solo la víctima Irene Villa, que emitió un escrito para hacer saber al tribunal que no se había sentido ofendida, suponiendo el archivo de la causa, sino la generalidad de las víctimas del terrorismo en España y será en todo caso, la Audiencia Nacional si con la solicitud de la recurso al archivo entiende si hay delito o no.

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