derecho al olvido

A finales de mayo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea obligaba a los buscadores a aplicar el llamado 'derecho al olvido', por el se debía establecer un procedimiento vía buscadores que operan en la UE en el que los usuarios pudieran solicitar que se eliminen los resultados de búsqueda que incluyan su nombre cuando estos afecten a su esfera privada, por ser caduca o antigua, o cuando los resultados sean lo suficientemente irrelevantes como para no tener que aparecer en el buscador.

Parece que tan solo un mes después, Google ha comenzado a aplicar las primeras solicitudes y ya están desapareciendo contenido de los resultados de búsqueda de Google referente a personas específicas, aunque como ya apuntamos, se trata de un proceso lento ya que cada solicitud se estudia por el buscador de forma individual para permitir un equilibrio de los derechos de las personas a controlar sus datos personales con el derecho del público al acceso de la información.

En este sentido, el aviso de contenido eliminado por 'derecho al olvido' es similar al del contenido eliminado por solicitud de Copyright o de la DMCA, que son bastante comunes cuando realizamos una búsqueda y algunos de los términos coinciden con las protegidos con derechos de autor o con solicitudes previas de eliminar contenido:

derecho al olvido google 2

De momento, parece que son pocos los que se han empezado a aplicar, pero debido a la lentitud del proceso y al seguramente abultado número de solicitudes, tardaremos un tiempo en verlos como algo normal ya que la sentencia del TJUE constituye un cambio considerable para los motores de búsqueda, que han tenido que definir un modelo de solicitud independiente, puesto no es un estándar y tienen que implementarse de forma individual.

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