Hace casi un mes, el 18 de abril de 2012, entró en vigor la Ley de Geolocalización en México. Se trata de un conjunto de reformas que permiten que entidades como la Procuraduría General de República (PGR) soliciten a las operadoras los datos de localización en tiempo real de los usuarios. La medida fue criticada durante el año que duró su discusión en la Cámara de Diputados y el Senado, debido a que permite que las peticiones de datos personales se hagan bajo sospecha, sin una orden judicial de por medio.

Desgraciadamente, la reforma pasó los obstáculos, por lo que la única forma de detenerla es mediante una demanda de inconstitucionalidad. Este recurso podía ser interpuesto únicamente por tres instancias: la Procuraduría General, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos o el 33% de la Cámara de Diputados o el Senado. Pese al pronóstico adverso, los ciudadanos se organizaron para impulsar una petición a Raúl Plascencia, presidente de la CNDH, para que apelara contra esta ley.

La solicitud tuvo éxito, pues esta tarde, la Comisión ha anunciado dicha demanda ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Cito el contenido del comunicado:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que preside el Doctor Raúl Plascencia Villanueva, presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una demanda de acción de inconstitucionalidad relacionada con la reforma de los artículos 133 Quáter, del Código Federal de Procedimientos Penales y 16, fracción I, apartado D y 40 bis, de la Ley Federal de Telecomunicaciones. En dichas reformas se otorga a los titulares de la Procuraduría General de la República y de Justicia de las entidades federativas, atribuciones para solicitar a los concesionarios del servicio de telecomunicaciones, la localización geográfica, en tiempo real, de equipos de telefonía móvil, para la investigación de diversos delitos. Tales reformas se consideran contrarias a las garantías de legalidad, certeza, seguridad jurídica y derecho a la privacidad consagradas en la Constitución. La demanda se ejerció en razón de que las reformas carecen de limitación temporal y otorga facultad discrecional e ilimitada a las Procuradurías. En la norma controvertida no se prevé la intervención de jueces para que autoricen la medida, la supervisen y revoquen en su momento. Esta Comisión Nacional considera que las mencionadas reformas vulneran los derechos humanos de las personas, en tanto son contrarias a las tuteladas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que México es parte.

Así, dicha reforma se tendrá que discutir en la Suprema Corte, lo que da una oportunidad para revocarla. Luis Fernando García, abogado especialista en derechos humanos que realizó el análisis jurídico que acompañó a la petición ante la CNDH, ya anunció que entregará a la corte un escrito de amicus curiae. La presión civil, junto al extraordinario trabajo de García y la apertura de la Comisión, han ganado un round más contra la Ley de Geolocalización. Cierro con las palabras del abogado:

Celebremos, un poco, y en los próximos meses, llevemos nuestros argumentos a la SCJN, la cual tendrá la oportunidad, no solo de declarar la inconstitucionalidad de estas reformas, sino de sentar un precedente histórico sobre el derecho a la privacidad ante técnicas de investigación y vigilancia a través de medios tecnológicos que sirva para orientar la actividad legislativa, las políticas de seguridad y procuración de justicia del ejecutivo y la conducta judicial en estos temas y que otorguen herramientas a la ciudadanía para resistir la lógica de que para conseguir seguridad es necesaria la erosión de los derechos.

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