Empezamos la semana con unos lulz, cortesía de la RIAA.

Algo que muchos olvidan es que el copyright, además de todos los daños colaterales que actualmente produce en la gobernabilidad, es su capacidad de limitar la expansión del dominio público. Esto quiere decir que hasta que no se cumple el periodo de protección del trabajo después de la muerte de autor, una obra no puede entrar al dominio público para beneficiar realmente a la sociedad más allá de los llamados modelos de negocio que benefician a unos pocos.

En México por ejemplo, nuestra patética ley de derecho de autor -- que Richard Stallman llamó la semana pasada la peor del mundo -- ya que los derechos de propiedad intelectual tienen una alucinante duración de 100 años después de la muerte del autor. Esto significa que los herederos de los creadores pueden beneficiarse sin mover un dedo de las regalías y dedicarse a otra cosa que no es fruto del trabajo que los lobbyistas defienden. (Los herederos se pueden dedicar a destruír la democracia de tu país, por ejemplo). Pero bueno desgraciadamente en México lo que menos esta en la discusión es la expansión del dominio público.

En fin, la semana pasada hubó una audiencia en la Oficina de Copyright de Estados Unidos, donde se discutió el destino de las obras sonoras creadas antes de 1972 que no estan protegidas por su ley federal sino por leyes estatales que no permitirán su entrada al dominio público ¡hasta el 2067!, además de que ni siquiera están disponibles comercialmente (no estoy hablando de The Beatles). Mike Masnick en Techdirt da todos los detalles.

Me llama la atención algunas de las afirmaciones que la RIAA hace y la forma en la que lo hace, cuando se cuestiona por qué algunas obras gozan de una mayor duración en su copyright que otras.

La respuesta de la RIAA: via @copysense

En parte por que así ha sido la forma en que se ha desarrollado y otra por que hemos desarrollado un modelo de negocio en torno a este.

Y adivinen quién es el culpable según la RIAA:

Debido a la “piratería”, la última cosa que queremos es hacer es la duración del copyright más corta.

Sólo dos puntos:

  1. La RIAA no es una autoridad, es un grupo de lobbying — y aunque su poder económico les permite manipular la ley — quienes tienen que decidir si el copyright debe o no ser más corto es nada más y nada menos que el Estado, el cuál no existe sin la sociedad: nosotros. Recordemos que el copyright es un monopolio que el Estado otorga a los creadores para explotar su obra. Lógicamente, un concenso social del Estado (no del lobbying) podría modificar la forma en la que funciona el privilegio del copyright.

  2. Copio a Mike Masnick: La ley de copyright no es, no fué y jamás ha sido acerca de proteger el modelo de negocios de las disqueras.

Básicamente en la discusión en torno al copyright y las propuestas para hacerlo más justo, no son posibles para la RIAA, si no los benefician a ellos. Todos lo sabemos

Más información acerca de esta discusión fundamental en la relación del dominio público y el copyright en Techdirt y en el hashtag #uscot2

Imagen via epsos

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