Nuevo golpe al Canon digital tras la anulación de la Audiencia Nacional la semana pasada. En este caso el fallo viene dado por las demandas interpuestas en su día por Nokia y Dell contra la SGAE y otras gestoras como Agendi, AIE, Cedro y Vegap. Dos sentencias de juzgados de Madrid exigen que se devuelva el canon digital a las empresas. Esto quiere decir que las empresas no sólo no tendrán que pagar, sino que además se anulan los reintegros que existían hasta ahora.

En el caso de Nokia ha sido el juez Francisco Javier Vázquez, titular del juzgado de lo mercantil 6 de Madrid, el que da la razón a la compañía frente a la SGAE, desestimando la anterior demanda de la entidad de gestores, que pedía el pago compensatorio por la venta de móviles, afirmando que:

La orden citada, invocada con la actora como justificativa de su derecho de crédito, es contraria al principio de jerarquía normativa, contraria al Derecho comunitario y nacional, debiendo ser inaplicada, declarando la nulidad radical de las autoliquidaciones-declaraciones y facturaciones realizadas bajo vigencia de la misma

La respuesta ante la resolución no ha tardado por parte de la entidad de gestión, quienes afirman a través de su portavoz Rafael Sánchez que:

Si Nokia no tiene que pagar a las entidades de gestión, lo primero que deben hacer es devolver el dinero que han cobrado en los móviles por el canon digital

En el caso de Dell, el fallo ha resultado tras la demanda interpuesta por Cedro y Vegap, quienes pedían el canon por las impresoras multifunción y fotográficas. En este caso ha sido el juez Santiago Senent, titular de lo mercantil número 7 de Madrid, quién recordó lo estipulado por la directiva europea (eximiendo a las empresas de tener que pagar el Canon), por lo que no sólo retiró la demanda, sino que también condena a Cedro y Vegap.

Bien, hay que aclarar varios puntos tras estas sentencias:

  • En primer lugar, se entra de lleno a juzgar la aplicación del canon, ya que la anulación de la semana pasada por la Audiencia Nacional se debía a un defecto de forma de la orden ministerial de 2008.

  • La sentencia a la SGAE abre una puerta para que todas las empresas que hayan abonado anteriormente el canon digital en función de esta orden ministerial inicien las reclamaciones pertinentes.

  • Una vez más, las sentencias recuerdan que las empresas ni los profesionales tienen que pagar el canon digital.

  • También se concluye que los particulares quedan absueltos cuando el perjurio a los autores es mínimo

  • Además se anulan todos los reintegros realizados por las empresas hasta ahora (en el caso de que inicien reclamaciones similares)

Se abre por lo tanto un momento de cambio en la regulación compensatoria (si no de erradicación final del canon digital) en el se tendrá que negociar el futuro marco legal de la misma. Un proceso que podemos anticipar largo ya que las sociedades de gestores intentarán mantener su posición.

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